

Por: Bache3000
Una madre de Bariloche que demandó civilmente tras la caída de su hija de 13 años durante una clase de esquí recibió un doble revés judicial. Tanto el juez de primera instancia como la Cámara de Apelaciones coincidieron en rechazar el reclamo que superaba los cuatro millones de pesos.
"El esquí es una actividad intrínsecamente riesgosa", sentenció el tribunal, que determinó que la lesión se produjo por "un error humano propio de quien practicaba el deporte" y no por negligencia de los instructores o la institución organizadora.
La adolescente, con diez años de experiencia esquiando, sufrió el accidente en una pista intermedia durante una clase grupal supervisada. La demanda presentada por la madre alegaba incumplimiento del deber de cuidado y atención médica deficiente, particularmente por la demora de ocho días en realizar una resonancia magnética.
Sin embargo, la investigación judicial reveló que la clase se desarrolló en condiciones normales, con instructores calificados y siguiendo todos los protocolos de seguridad. Los peritos concluyeron que no hubo fallas en la conducción del grupo ni en los procedimientos posteriores al accidente.
El fallo también criticó duramente la redacción de la demanda, calificándola de imprecisa y contradictoria. "No define con claridad si se atribuye responsabilidad por la caída, por la atención médica recibida o por ambos episodios", señaló el tribunal, agregando que la pretensión carecía de fundamentos jurídicos adecuados.
Este caso podría sentar jurisprudencia para futuros reclamos relacionados con accidentes deportivos, al establecer claramente los límites de la responsabilidad de los centros de esquí y reconocer que cierto nivel de riesgo es inherente a las actividades deportivas de montaña.