

Por: Bache3000
"Lo primero que hay que decir es que en Bariloche, como en el resto del país, la constitución, la carta orgánica, la constitución provincial y hasta ordenanzas establecen que toda información en poder del Estado y las acciones de funcionarios siempre son públicas", explicó Ramos Mejía durante una entrevista en el programa "Va por Vos" de Radio con Vos Patagonia 89.5.
"Si uno es representante del poder Ejecutivo (como lo es Sergio Herrero, como secretario de Turismo), y le pide a otro poder como es el Concejo Deliberante que remueva al representante de ese cuerpo en el EMPROTUR, es inmiscuirse en otro poder, y en sus funciones y atribuciones", señaló el abogado.
El letrado señaló que este principio de publicidad abarca a los tres poderes del Estado, entes autárquicos, empresas concesionarias de servicios públicos y aquellas que administren bienes públicos. "La regla es que sea público, la reserva es la excepción. La publicidad es un principio republicano, salvo que esté expresado en una norma específica", agregó.
Según el abogado, esta normativa se refleja tanto en una ordenanza local como en la Ley Nacional 27.275 de Acceso a la Información Pública, que establece que cualquier ciudadano puede conocer las acciones gubernamentales y los funcionarios tienen la obligación de responder en un plazo de 10 días.
"No se puede no informar, ya que eso es pasible de ser obligado por la propia justicia a través de una orden", destacó Ramos Mejía, añadiendo que incluso las juntas vecinales que manejen fondos públicos están sujetas a estas obligaciones de transparencia.
En relación con el caso específico del EMPROTUR, el abogado consideró que "estamos hablando de información de carácter público" y que los documentos relacionados con cualquier reunión oficial deben ser accesibles, a menos que exista una normativa específica que establezca lo contrario.