

Por: Bache3000
Esta resolución se fundamenta en un precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que declaró inconstitucional la ley provincial que había ampliado los límites del ejido municipal para incluir el predio aeroportuario.
Los magistrados del STJ rechazaron por unanimidad la ejecución fiscal iniciada por el municipio, al considerar que no existe título válido para el reclamo, ya que la Municipalidad no puede ejercer facultades tributarias sobre un espacio que no forma parte de su jurisdicción.
La controversia comenzó cuando el municipio intentó cobrar una tasa por servicios a la propiedad a la concesionaria del aeropuerto, reclamo que había sido validado tanto en primera como en segunda instancia, hasta que el máximo tribunal provincial intervino tras un recurso de casación presentado por la empresa demandada.