

Por: Bache3000
"Del análisis del presente legajo, la denuncia presentada y la evidencia recolectada, no observo la configuración de delito alguno", afirmó Ortiz en su resolución, explicando que las acciones de la ex gobernadora no encuadran en el tipo penal establecido en el artículo 248 del Código Penal.
Las denunciantes habían argumentado que el convenio "comprometería gravemente la soberanía provincial sobre los recursos hídricos de Río Negro", constituyendo presuntamente un abuso de poder e incumplimiento de deberes como funcionaria pública.
El convenio en cuestión se firmó en 2023, luego de que Carreras participara en 2022 de una delegación nacional a Israel encabezada por el ex ministro Wado de Pedro, junto a otros gobernadores provinciales.
En su fallo, Ortiz refutó los principales argumentos de las legisladoras. Determinó que el acuerdo no tiene rango internacional bilateral entre dos estados, sino que es un convenio de consultoría entre Mekorot y el Consejo Federal de Inversiones (CFI), donde la Provincia no es parte directa. Por lo tanto, no existía obligación legal de informar a la Legislatura, emitir decreto o publicarlo en el Boletín Oficial.
El fiscal destacó además la participación activa del Departamento Provincial de Aguas (DPA) en las etapas preliminares, con estudios que derivaron en la vinculación con Mekorot. La asistencia de la empresa israelí se limita al asesoramiento técnico sobre el uso sostenible de los recursos hídricos provinciales.
Ortiz rechazó también las acusaciones sobre confidencialidad, señalando que parte de los estudios ya fueron entregados a la Provincia, y negó cualquier actuación abusiva, arbitraria o dolosa por parte de Carreras en el proceso.