

Por: Bache3000
La Justicia Laboral convalidó las medidas disciplinarias aplicadas por el Municipio de Bariloche contra una empleada de planta permanente del Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social (IMTVHS), quien fue sancionada con diez días de suspensión y apartada de su jefatura por generar un clima laboral hostil.
La trabajadora, con más de 15 años de antigüedad en la administración municipal, fue sometida a un sumario administrativo tras los incidentes registrados el 25 de abril de 2023 en las oficinas del IMTVHS. Durante esa jornada, según consta en las actuaciones, la empleada mantuvo discusiones acaloradas con personal a su cargo, elevó la voz y adoptó actitudes despectivas que generaron malestar entre sus compañeros.
Los testimonios recabados durante la investigación coincidieron en describir un comportamiento inadecuado por parte de la superior jerárquica. Una de las testigos relató que, si bien no profería insultos directos, la acusada golpeaba la mesa, alzaba la voz y trataba al personal con gestos despectivos. Otro empleado declaró que se retiró de la oficina ese mismo día debido al clima tenso generado, aunque reconoció que no había recibido insultos personales.
Tras concluir el sumario interno, la administración municipal determinó que la conducta de la agente configuraba "irrespetuosidad para con sus superiores, otros empleados y público", falta tipificada en el estatuto del empleado municipal. Como consecuencia, se le aplicó la suspensión de diez días sin goce de haberes.
Paralelamente, el directorio del IMTVHS resolvió dejar sin efecto su designación al frente del Departamento de Ingreso y Recaudación, lo que implicó la pérdida de los adicionales salariales correspondientes a esa función jerárquica.
Disconforme con las medidas adoptadas, la empleada interpuso una demanda judicial argumentando que el proceso disciplinario había sido arbitrario y que no se habían identificado los hechos con la precisión necesaria. Además, sostuvo que su traslado constituía una segunda sanción encubierta y reclamó tanto la restitución a su cargo como el pago retroactivo de los suplementos salariales.
El tribunal laboral que intervino en la causa rechazó íntegramente el reclamo de la demandante. En su resolución, la Cámara destacó que el proceso disciplinario había respetado plenamente el derecho de defensa de la empleada y que los testimonios incorporados al expediente resultaron consistentes y fundamentaron adecuadamente la decisión administrativa.
Respecto al desplazamiento del cargo jerárquico, los magistrados señalaron que la función que desempeñaba la agente carecía de estabilidad, dado que no había accedido a ella mediante concurso público. Esta circunstancia habilitaba al Municipio a reorganizar sus dependencias y reasignar funciones dentro de sus facultades discrecionales.
El fallo también descartó que la suspensión disciplinaria y el apartamiento de la jefatura constituyeran una doble sanción, al considerar que se trataba de medidas de distinta naturaleza y fundamento. En cuanto al reclamo salarial, el tribunal confirmó que los adicionales por función jerárquica cesan automáticamente al finalizar la designación correspondiente.
La resolución judicial consolida la facultad del Estado municipal para aplicar medidas disciplinarias cuando se verifican conductas que afectan el normal funcionamiento de la administración pública y el clima laboral en las dependencias gubernamentales.