

Por: Bache3000
Un ex inquilino que usurpó una cabaña del complejo turístico local tendrá un plazo de diez días para entregar voluntariamente el inmueble o enfrentar un desalojo forzoso, según resolvió la Justicia tras confirmar la restitución del inmueble a su legítimo propietario.
Los hechos se registraron entre el 16 y 18 de noviembre de 2024, cuando el acusado aprovechó la ausencia del dueño para ingresar sin autorización a la cabaña número 4 del complejo. Según la denuncia, el hombre rompió el vidrio de una puerta, forzó la cerradura original y se instaló en el lugar de manera permanente.
Al regresar y constatar la ocupación ilegal, el propietario intentó dialogar con quien identificó como un ex inquilino del establecimiento. Sin embargo, descubrió que el ocupante había cambiado la cerradura y colocado dos dispositivos adicionales de seguridad para impedir el acceso.
La conducta fue tipificada como usurpación por despojo según el artículo 181 inciso 1°, en función del artículo 45 del Código Penal. La solicitud de restitución se basó en la verosimilitud del derecho invocado y la urgencia del caso, conforme al artículo 118 del Código Procesal Penal.
El Juez de Garantías que intervino en la audiencia de hoy confirmó el desalojo previamente ordenado por un Juez de revisión la semana pasada, estableciendo el plazo de diez días para su cumplimiento. La resolución también incluyó una orden de no innovar y medidas para evitar que el imputado mantenga contacto con testigos y la víctima.
Las partes acordaron que la fecha límite para efectivizar el desalojo voluntario será el 16 de junio, día en que también vencerá el plazo de la investigación penal preparatoria. Durante el proceso se tramitaron diversas instancias procesales en el marco de este expediente.