miércoles 16 de julio de 2025 - Edición Nº153

El Bardo de Siempre | 15 jul 2025

WALTER VAINILLA

Se presentó la primera impugnación al referendum por "discriminación e inconstitucionalidad"

El Sindicato de Obreros y Empleados Municipales (SOYEM) de San Carlos de Bariloche presentó una formal impugnación contra la Resolución N° 1453-I-2025 del Departamento Ejecutivo Municipal, que convoca a los ciudadanos a un referéndum popular para el próximo 9 de noviembre. La organización gremial denuncia "vicios de nulidad absoluta e inconstitucionalidad" en el proceso que busca someter a consulta ciudadana diez proyectos estratégicos para el futuro de la ciudad patagónica.


Por: Bache3000

La controversia central gira en torno a la exclusión del sufragio de extranjeros con residencia permanente en la ciudad, lo que según el sindicato contradice la Carta Orgánica Municipal, tratados internacionales y el artículo 75 de la Constitución Nacional. El documento presentado el 15 de julio señala que esta medida viola el principio de igualdad ante la ley, especialmente considerando que los residentes extranjeros pagan tributos, acceden a servicios y participan activamente de la vida comunitaria.

El SOYEM también cuestiona la aplicación indebida de legislación provincial, específicamente la Ley Provincial N° 2353 sobre Orgánica de Municipios, cuyo ámbito de aplicación es exclusivo para municipios que carecen de Carta Orgánica propia. San Carlos de Bariloche cuenta con su Carta Orgánica desde 2007, lo que según la impugnación refleja un desconocimiento de la autonomía municipal garantizada constitucionalmente.

Otro punto central de la impugnación se refiere a la usurpación de funciones del Concejo Municipal. La organización sindical argumenta que el artículo 163 de la Carta Orgánica Municipal, invocado para justificar la convocatoria unilateral por parte del Ejecutivo, no habilita al Intendente a realizar este tipo de convocatoria sin intervención del Concejo Municipal, recordando que el único antecedente de referéndum en la historia de Bariloche fue aprobado mediante ordenanza del cuerpo deliberativo.

Los cuestionamientos técnicos también ocupan un lugar destacado en la impugnación. El sindicato señala que el contenido de las diez consultas populares propuestas evidencia una mezcla de temas dispares con diferente nivel de complejidad. Varios proyectos carecen de estudios de impacto ambiental o económico, ya cuentan con resoluciones judiciales previas, requieren competencias específicas del Concejo o el Ejecutivo que no corresponden al electorado en general, y no tienen respaldo presupuestario ni técnico.

Las deficiencias operativas y procesales constituyen otro foco de críticas. La resolución delega en el Ejecutivo la confección de boletas sin control de la Junta Electoral y no regula el financiamiento de las campañas ni garantiza el equilibrio de las posturas, aspectos fundamentales para la transparencia del proceso democrático.

Los proyectos que serán sometidos a votación ciudadana abarcan desde infraestructura vial hasta políticas de vivienda y conservación ambiental. Entre las propuestas más destacadas figura la creación de un plan solidario específico para obras de infraestructura vial, la autorización del funcionamiento de servicios de transporte privado a través de plataformas electrónicas similares a Uber o Cabify, y la implementación de una contribución turística destinada a financiar obras de mejora urbana.

El referéndum también incluye modificaciones al estatuto de trabajadores municipales, estableciendo que los salarios por licencias gremiales sean financiados por el sindicato y no por el municipio. En materia ambiental, se propone la reestructuración de especies arbóreas en la avenida 12 de octubre, reemplazando los pinos actuales por especies autóctonas, y la puesta en valor de la Isla Huemul como espacio turístico, ambiental e histórico.

Otras iniciativas incluyen la donación de un inmueble a veteranos de la Guerra de Malvinas, la construcción del natatorio olímpico municipal, la finalización del Centro de Convenciones y la prórroga de la emergencia habitacional hasta 2027 para generar nuevos lotes sociales.

En su conclusión, el SOYEM sostiene que la convocatoria afecta la institucionalidad democrática, transgrede principios elementales del derecho público municipal y vulnera derechos políticos de una parte de la ciudadanía. La organización sindical solicita que se declare la nulidad de la Resolución N° 1453-I-2025, se disponga la suspensión inmediata de la convocatoria al referéndum y se reserve el derecho a ejercer todas las acciones legales pertinentes en defensa de la institucionalidad y los derechos políticos de la ciudadanía.

La votación está convocada para el 9 de noviembre de 2025 en horario de 8:00 a 18:00 horas, utilizando el mismo padrón electoral de las elecciones nacionales de octubre.

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