jueves 31 de julio de 2025 - Edición Nº168

El Bardo de Siempre | 30 jul 2025

AH, PERO EL REFERENDEM POR LA PILETA

El Concejo busca declarar el estado de emergencia en servicios públicos para el Barrio 2 de Agosto

El Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche trabaja una ordenanza que declara el estado de emergencia en materia de servicios públicos en el Barrio 2 de Agosto por un período de doce meses, según consta en el proyecto presentado por el concejal Leandro Costa Brutten de Incluir Bariloche.


Por: Bache3000

La medida busca dar respuesta a la crítica situación que atraviesa este sector de la ciudad, donde el crecimiento poblacional ha generado una mayor demanda de servicios básicos como agua, gas, electricidad y cloacas, provocando dificultades y una provisión insuficiente de estos servicios esenciales.

En los fundamentos de la ordenanza, el autor del proyecto explicó que la ciudad enfrenta desigualdades estructurales de carácter social, económico y ambiental que no pueden ser ignoradas al momento de definir los mecanismos de financiamiento para la realización de obras. Destacó que no todos los vecinos de Bariloche cuentan con la misma capacidad económica para afrontar mejoras, ni todos los barrios presentan las mismas necesidades.

El concejal también señaló que muchas veces se observa una falta de actualización o inclusión de datos clave en la planificación municipal, lo que agrava aún más la inequidad en el acceso a los servicios esenciales. Por esta razón, consideró fundamental que el Concejo Municipal brinde al Departamento Ejecutivo Municipal una herramienta específica y necesaria para dar una respuesta planificada a la situación del Barrio 2 de Agosto.

La ordenanza faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a adoptar medidas tendientes a la superación del estado de emergencia, incluyendo la renegociación de contratos de servicios, obras y suministros. También permite realizar adquisiciones directas de bienes, servicios o equipamientos esenciales para abordar la situación de emergencia, sin sujeción al régimen de compras y contrataciones habitual.

Además, la norma establece preferencias para proveedores locales radicados en San Carlos de Bariloche. Cuando el precio de un bien o servicio producido por empresas de Bariloche no supere en un diez por ciento la oferta más conveniente de productores externos, se dará prioridad a los locales. Esta preferencia se reduce al seis por ciento cuando se trate de la distribución mayorista de bienes, y al diez por ciento para la distribución minorista.

La ordenanza también encomienda al Departamento Ejecutivo Municipal realizar operaciones de crédito público con el Gobierno Nacional, organismos internacionales de crédito público o entidades financieras para financiar proyectos de infraestructura de servicios públicos. Asimismo, autoriza al Ejecutivo a ceder en garantía o pago las obligaciones asumidas, utilizando los recursos que corresponden a la Municipalidad según el Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos.

Para el seguimiento y control de las acciones implementadas, se crea una Comisión de Seguimiento integrada por dos miembros del Departamento Ejecutivo, dos miembros del Concejo Municipal, un miembro del Tribunal de Contralor y cuatro miembros de la Junta Vecinal 2 de Agosto. Esta comisión tendrá como función informar sobre todas las acciones llevadas adelante en el marco de la atención de la emergencia y proponer diversas acciones no vinculantes para optimizar las medidas adoptadas.

La medida surge ante el sostenido reclamo de los vecinos del barrio, quienes han manifestado la necesidad urgente de mejoras en la infraestructura de servicios básicos. El proyecto original fue aprobado en sesión y refleja el compromiso del Concejo Municipal de brindar soluciones concretas a las problemáticas que afectan a los barrios planificados de la ciudad.

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