sábado 16 de agosto de 2025 - Edición Nº184

El Bardo de Siempre | 15 ago 2025

CUESTIONÓ LA BOLSA DE CEMENTO

Vecino presentó revocatoria contra el referéndum: denuncia que la multa por no votar, viola la ley

Raúl Alberto Martiniau, arquitecto y vecino de San Carlos de Bariloche, presentó una formal impugnación ante el Tribunal de Contralor municipal contra la Resolución 1459-I-2025 que establece multas económicas para quienes no participaron del referéndum convocado para el 9 de noviembre de 2025. Dijo, que es un delito penal.


Por: Bache3000

La protesta de Martiniau se basa en argumentos legales contundentes que cuestionan la validez de estas multas. El vecino sostiene que la sanción económica impuesta por el gobierno municipal carece de respaldo legal, ya que no existe ninguna ordenanza aprobada por el Concejo Municipal que autorice este tipo de multas. "La multa establecida carece de base legal previa", señala en su presentación.

El arquitecto argumenta que el Ejecutivo Municipal se extralimitó en sus funciones al crear esta multa sin la debida autorización del poder legislativo local. Según su análisis, esto viola el principio de legalidad tributaria establecido en el artículo 163 de la Carta Orgánica Municipal y en la Constitución Nacional, que establece que solo el Concejo Municipal puede crear nuevos tributos o sanciones económicas.

Martiniau considera que esta multa constituye un "tributo encubierto" porque obliga a los ciudadanos a pagar un monto sin que exista una norma que lo respalde. Además, critica la falta de claridad sobre cómo se aplicará, cobrará y destinará el dinero recaudado por estas multas, lo que genera inseguridad jurídica para los vecinos.

El vecino va más allá en su cuestionamiento y acusa a los funcionarios municipales de incurrir en "exceso en los deberes de funcionario público", una figura legal que se produce cuando un funcionario realiza acciones que van más allá de lo que la ley le permite. Cita el artículo 248 del Código Penal argentino, que establece que comete delito el funcionario público que dicte resoluciones contrarias a la Constitución o las leyes nacionales.

En su presentación, Martiniau solicita que se declare la nulidad parcial de la resolución en lo que respecta a las multas y que se suspenda su aplicación hasta que exista una norma legal que las respalde. También pide que se investigue la conducta de los funcionarios que promulgaron esta medida.

La impugnación se presenta bajo el amparo del artículo 59/12 de la Carta Orgánica Municipal y la Ordenanza 21-I-78 sobre Pronto Despacho, instrumentos legales que permiten a los ciudadanos cuestionar las decisiones del gobierno municipal cuando consideran que se han vulnerado sus derechos.

Este caso pone en evidencia las tensiones entre el gobierno municipal y algunos sectores de la ciudadanía respecto a las formas de participación democrática y los límites del poder ejecutivo local. La resolución del Tribunal de Contralor será clave para determinar si estas multas pueden mantenerse o si efectivamente el municipio se extralimitó en sus funciones al crearlas sin el debido respaldo legal.

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