

Por: Bache3000
Los hechos se originaron cuando un hombre denunció haber sido estafado por alguien que se hizo pasar por un compañero de trabajo mediante mensajes de WhatsApp, después de que publicara en redes sociales la venta de su vehículo. El estafador logró convencerlo de realizar una transferencia bancaria que terminó en la cuenta de la mujer acusada.
Según la investigación del Ministerio Público Fiscal, la imputada recibió el dinero fraudulento en su cuenta bancaria y de inmediato lo transfirió a otras dos cuentas de terceros, una maniobra que según la acusación tenía como objetivo dificultar el rastreo y recuperación del dinero robado.
El caso llegó a los tribunales locales tras una resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que revocó la declaración de incompetencia que había dictado inicialmente otro juzgado, estableciendo que el expediente debía tramitarse en la ciudad.
La investigación cuenta con elementos contundentes: la declaración detallada de la víctima sobre cómo fue engañada, informes bancarios que documentan todo el flujo de dinero entre las cuentas involucradas, y un informe del Renaper que confirma la identidad y domicilio de la acusada. Además, la Oitel aportó información crucial sobre la trazabilidad de las transferencias y su relación con todas las cuentas que participaron en la operación.
El delito que se le atribuye a la mujer está tipificado en el artículo 277 del Código Penal como encubrimiento por receptación sospechosa, que sanciona a quien recibe, transporta o interviene en la transferencia de bienes de origen delictivo cuando por las circunstancias del caso debería al menos sospechar su procedencia ilícita, aunque no haya participado en el delito original.
Durante la audiencia de formulación de cargos, la defensa penal pública que asistió a la imputada planteó la caducidad de los plazos procesales, un recurso que fue rechazado por el magistrado interviniente. La mujer optó por no declarar en esta instancia.
El Juez de Garantías confirmó los cargos contra la acusada por encubrimiento por receptación sospechosa en carácter de autora y estableció un plazo de investigación penal preparatoria de cuatro meses para que tanto la fiscalía como la defensa produzcan las pruebas que respalden sus respectivas teorías del caso.
Este tipo de estafas a través de redes sociales y aplicaciones de mensajería se han multiplicado en los últimos años, aprovechando la confianza que generan los contactos conocidos y la inmediatez de las transferencias bancarias digitales para consumar los fraudes antes de que las víctimas puedan reaccionar.