

Por: Bache3000
Una oficial del cuartel de bomberos Ruca Cura del km 11 fue absuelta tras ser acusada de calumnias por un superior jerárquico. La sentencia, dictada por una magistrada local, no solo rechazó la acusación sino que reconoció que la mujer efectivamente sufrió hostigamiento, persecución laboral y violencia psicológica dentro de la institución.
El conflicto se remonta a mayo de 2023, cuando la Comisión Directiva del cuartel sancionó a la oficial con 119 días de suspensión por supuestos incumplimientos en el área bajo su responsabilidad. La bombera, descendiente de una familia histórica de bomberos voluntarios y con más de dos décadas de trayectoria, presentó un descargo en el que sostuvo que la sanción respondía a un patrón de persecución y conductas de misoginia por parte de un jefe.
En ese escrito solicitó a la institución que investigara los hechos denunciados. Sin embargo, la respuesta del cuartel fue exigirle que aportara pruebas y que presentara una denuncia formal. Ante esa situación, la mujer acudió a la Comisaría de la Familia, donde describió lo que estaba viviendo como violencia psicológica y simbólica.
La presentación derivó inicialmente al fuero de Familia y luego al Laboral, que dictó medidas cautelares a su favor, pero finalmente, según relató durante el juicio, desistió del proceso porque buscaba una salida pacífica al conflicto que se había generado en su lugar de trabajo.
La reacción del superior cuestionado no se hizo esperar y presentó una querella por calumnias. En su demanda alegó que las expresiones de la oficial habían dañado su honor y que ella había abusado de los mecanismos institucionales para perjudicarlo. Durante el alegato final, su abogado sostuvo que todo el problema podría haberse resuelto con un simple pedido de disculpas. La defensa pública, sin embargo, replicó que disculparse hubiera implicado aceptar la sanción y quedar definitivamente expulsada del cuartel al que pertenecía desde joven.
El debate oral expuso también tensiones de índole personal. El querellante reconoció haber mantenido una relación con la bombera, aunque la caracterizó como un vínculo sin sentimientos. No obstante, los correos electrónicos y mensajes de WhatsApp incorporados como prueba mostraron un escenario totalmente distinto que contradecía su versión en la sala de audiencias. Esa evidencia digital fortaleció el relato de la acusada sobre cómo, tras el final de la relación, comenzó a sufrir hostigamiento en el ámbito laboral.
En su sentencia, la magistrada señaló que la acusación no cumplía con un requisito básico para configurar el delito de calumnias ya que lo que la oficial planteó no fue una denuncia penal, sino la descripción de actos de persecución y maltrato dentro de una institución con estructura jerárquica.
El fallo también destacó que lo expuesto durante el juicio confirmó esa persecución. La jueza entendió que la bombera no actuó con intención de dañar el honor del querellante, sino que buscó protección en un contexto adverso. Remarcó además que la institución no abrió instancias de acompañamiento ni realizó investigaciones internas sobre los hechos denunciados y que, por el contrario, aplicó sanciones sucesivas que debilitaron la posición de la oficial dentro del cuartel.
Los testimonios de compañeros y compañeras reforzaron que existió un trato desigual, cambios arbitrarios de funciones y sanciones que no se aplicaban a otros integrantes de la institución. Algunos recordaron episodios concretos de maltrato, como cuando se le negó a la oficial intervenir en un operativo de primeros auxilios en el Lago Moreno a pesar de su formación como paramédica, o la exhibición en cartelera de sanciones que debilitaban su imagen frente al resto del cuartel. Varios testigos señalaron que, por haber expresado apoyo a la mujer, también terminaron apartados de la institución.
Con esas conclusiones, la magistrada determinó que el caso no podía sostenerse como calumnias. Explicó que el artículo 109 del Código Penal exige la falsa atribución de un delito específico de acción pública, y que nada de eso había ocurrido. Lo que sí se acreditó fue que la mujer sufrió hostigamiento y persecución dentro de su lugar de trabajo, en un marco de desigualdad de trato.
La sentencia, que ya está firme, destacó que las acciones de la oficial formaron parte del ejercicio legítimo de sus derechos y que sus denuncias debían ser interpretadas a la luz de la normativa nacional e internacional sobre violencia de género. Por esa razón, resolvió absolverla y confirmó que lo que llegó a juicio no fue una imputación falsa, sino el reflejo de una situación de violencia que debía ser visibilizada y atendida por la institución.