domingo 26 de octubre de 2025 - Edición Nº255

El Bardo de Siempre | 25 oct 2025

AY, DIEGO

Denuncian al empresario chocolatero Diego Fenoglio por presunta violación de la veda electoral

El ciudadano Leandro Costa Brutten presentó este sábado 25 de octubre una denuncia formal ante la Cámara Nacional Electoral y el Juzgado Federal Electoral de Viedma contra el empresario barilochense Diego Fenoglio, fundador de la marca de chocolates Rapa Nui, por presunta violación a la veda electoral. Dijo a los medios que si Milei no gana, no construirá el estadio de Hockey en Bariloche.


Por: Bache3000

La denuncia se origina a partir de declaraciones de Fenoglio publicadas el viernes 24 de octubre en el medio ADN Río Negro, en pleno período de veda electoral, donde el empresario advirtió que si el presidente Javier Milei no obtiene al menos un 35% de los votos en Río Negro en las elecciones legislativas del domingo 26 de octubre, dejará sin efecto su promesa de invertir 27 millones de dólares en la construcción de un estadio de hockey sobre hielo en Bariloche, anuncio que había realizado en enero de este año.

Según el denunciante, estas manifestaciones constituyen un condicionamiento electoral realizado públicamente durante la veda, que comenzó el viernes 24 de octubre a las 00:00 horas, momento en el cual queda prohibida cualquier propaganda o difusión de mensajes que promuevan o favorezcan a candidatos o fuerzas políticas.

En sus declaraciones, Fenoglio, creador de las reconocidas "Franuí", justificó su postura argumentando la necesidad de defender la "estabilidad macroeconómica" del actual gobierno nacional y aseguró que el peronismo le ha hecho "la vida insoportable al gobierno". El empresario condicionó la concreción de la inversión y las obras prometidas al respaldo ciudadano de las políticas económicas del presidente Milei.

El artículo fue difundido por el portal ADN Río Negro y compartido en redes sociales como X/Twitter y Telegram, además de tener repercusión en diversos medios locales de Bariloche, siempre durante el período de veda electoral establecido por ley.

Costa Brutten fundamentó su denuncia en el artículo 71 del Código Electoral Nacional (Ley 19.945), que prohíbe expresamente la propaganda electoral desde 48 horas antes del inicio de los comicios y durante el acto eleccionario. La legislación prevé penas de hasta 15 días de prisión para los responsables del contenido que viole esta normativa.

El denunciante solicitó a las autoridades judiciales que investiguen el caso, lleven adelante el procedimiento correspondiente y apliquen las sanciones que correspondan. Además, manifestó que espera un pedido de disculpas del empresario a los barilochenses y rionegrinos por sus declaraciones, considerando que violentan el espíritu de neutralidad que las reglas democráticas establecen en las horas previas a un comicio.

La justicia electoral deberá ahora determinar si las declaraciones de Fenoglio configuran efectivamente una violación a la veda electoral y, de corresponder, aplicar las sanciones previstas en el Código Electoral Nacional.

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