Por: Bache3000
Un fallo del fuero de Familia de Bariloche condenó a un hombre a afrontar una cuota alimentaria de un Salario Mínimo Vital y Móvil para su hija, además del 50% de los gastos extraordinarios, luego de que quedara demostrado su abandono total desde 2021, su negativa a cumplir con obligaciones previas y un historial de violencia de género contra su expareja.
La sentencia judicial expone un caso de abandono sistemático que se prolongó durante años. Desde que se separó de la madre en 2021, el hombre no volvió a tener ningún contacto con su hija ni contribuyó económicamente a su crianza. Ignoró el régimen de visitas establecido, desoyó una cuota provisoria que le había sido fijada en un proceso anterior y ni siquiera asistió a la instancia de mediación convocada antes del inicio del juicio. Su única presentación formal ocurrió cuando el proceso estaba prácticamente finalizado, pero en ningún momento dio su versión de los hechos ni negó las acusaciones. La jueza consideró esta inacción como un reconocimiento tácito de todo lo relatado por la madre.
Durante este período, la mujer sostuvo sola a la niña sin ningún tipo de apoyo material o afectivo del padre. El fallo detalla que ella se encuentra desempleada y subsiste realizando trabajos esporádicos de limpieza. Vive junto a sus tres hijos en la casa de sus padres, donde recibe ayuda familiar pero no cuenta con ingresos estables. La magistrada consideró esta situación económica en conjunto con otro factor fundamental que pesa sobre la madre: el cuidado exclusivo y cotidiano de la hija, una tarea que limita severamente su capacidad para generar ingresos y que, según señaló la jueza, tiene un valor económico propio que debe ser contemplado al momento de establecer la cuota alimentaria.
La sentencia también analizó la situación del padre demandado que, aunque no figura registrado en ningún empleo formal ni tributa como trabajador independiente, quedó demostrado que realiza trabajos de construcción de manera regular. La madre había aportado esta información al inicio del proceso y el hombre nunca la desmintió. Por este motivo, la jueza fue categórica al remarcar que el trabajo irregular no exime en absoluto de la obligación de sostener económicamente a un hijo.
La magistrada tomó en cuenta múltiples elementos para fundamentar su decisión. Entre ellos figuran los antecedentes de violencia de género, la falta absoluta de participación del padre en la vida de su hija y la ausencia total de voluntad para colaborar en cualquier aspecto de la crianza. El expediente revela que en un proceso anterior el hombre solo pagó una vez la cuota que le había sido fijada ,y durante todo el resto del tiempo la madre se hizo cargo sola de todas las necesidades de la niña.
El fallo también señala que la violencia de género no se limita únicamente a las agresiones físicas o verbales. Dejar a una mujer sola al frente de un hogar, sin ningún tipo de apoyo económico, sin presencia y con cargas que se multiplican día a día, constituye también una forma de ejercer control y castigo.
Esta perspectiva amplía la mirada sobre las responsabilidades parentales y sobre las consecuencias reales del abandono, entendido no solo como la ausencia de contacto sino como una forma deliberada de violencia económica que recae sobre quien asume en soledad todas las obligaciones de cuidado.