lunes 03 de noviembre de 2025 - Edición Nº263

Poliladron | 29 oct 2025

PONIENDO ESTABA LA GANZA

Condenan a Mi Bus por una unidad que chocó una camioneta de reparto tras perder el control por la nieve

Un colectivo de la línea 50 perdió el control en pleno centro de Bariloche y chocó contra varios vehículos estacionados. La Justicia ordenó pagar más de 12 millones de pesos por los daños causados a una Kangoo que quedó fuera de servicio durante nueve días.


Por: Bache3000

Una mañana invernal en el centro de Bariloche terminó con una camioneta de reparto completamente fuera de servicio y una demanda judicial que concluyó con una sentencia millonaria contra Transporte Amancay S.R.L. y su aseguradora. El incidente ocurrió cuando un colectivo de la línea 50 descendía por calle 20 de Febrero bajo condiciones climáticas adversas y perdió el control en la curva que conecta con Pasaje Gutiérrez, impactando contra varios rodados estacionados en la zona.

Entre los vehículos afectados se encontraba una Renault Kangoo con el logo de una empresa de correo, que estaba detenida frente a un edificio mientras su conductor realizaba entregas para Andreani. El golpe dejó a la camioneta con daños significativos que la mantuvieron inmovilizada durante más de una semana, lo que representó no solo el costo de la reparación sino también la pérdida de ingresos para quien dependía exclusivamente de ese vehículo para trabajar.

La defensa de la empresa de transporte intentó desligarse completamente del hecho. Alegó que no existía ningún reporte del incidente en sus registros, que el conductor del colectivo no había advertido impacto alguno durante su recorrido y que la unidad no presentaba signos visibles de colisión. La compañía de seguros, Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros, adoptó la misma postura y negó haber recibido cualquier notificación sobre el siniestro.

Sin embargo, la estrategia defensiva se desmoronó durante el desarrollo del proceso judicial. El propio conductor del colectivo admitió en su declaración que efectivamente había perdido el control de la unidad al llegar a la curva, producto de la combinación de la pendiente pronunciada y la presencia de nieve acumulada en la calzada. Un vecino de la zona corroboró esta versión al declarar que había visto al colectivo descender con velocidad excesiva antes de chocar contra los autos que estaban estacionados frente a su domicilio.

La prueba pericial resultó determinante para el desenlace del caso. Los técnicos encontraron un raspón en el lateral derecho del colectivo que coincidía perfectamente con el punto de contacto denunciado por el demandante. Además, la experticia mecánica determinó que los daños presentados por la Kangoo eran totalmente compatibles con la dinámica del impacto descrito, descartando cualquier otra causa posible para el deterioro del vehículo.

El aspecto económico del reclamo también fue analizado exhaustivamente por el tribunal. La camioneta no era simplemente un vehículo de uso personal sino la herramienta fundamental de trabajo de su propietario, quien prestaba servicios de reparto como proveedor externo para Andreani. La empresa confirmó que el demandante realizaba entre 70 y 80 entregas diarias antes del accidente, y que durante los nueve días que el vehículo permaneció en el taller no pudo cumplir con sus obligaciones comerciales.

El magistrado a cargo del expediente hizo lugar al reclamo tanto por los costos de reparación como por el lucro cesante derivado de la inactividad forzosa. Sin embargo, desestimó el pedido de indemnización por desvalorización del rodado, considerando que los daños sufridos eran completamente reversibles mediante la reparación ya efectuada y que no existían razones técnicas para sostener que el vehículo hubiera perdido valor de mercado de manera permanente.

La sentencia de primera instancia ordenó a Transporte Amancay S.R.L. y a su aseguradora el pago de $12.853.292 en concepto de indemnización integral. El fallo aún no está firme porque puede ser objeto de apelación ante las instancias superiores, pero establece un precedente claro sobre la responsabilidad de las empresas de transporte público en situaciones donde las condiciones climáticas adversas exigen extremar las precauciones al volante.

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