lunes 17 de noviembre de 2025 - Edición Nº277

Poliladron | 17 nov 2025

Y SÍ

Violencia económica, física y simbólica: autorizan a una madre a cambiar de ciudad junto a su hija

08:54 |Un fallo de Familia de Bariloche resolvió autorizar a una mujer a mudar de ciudad a su hija menor de edad, luego de constatar un contexto sostenido de violencia de género ejercido por el padre de la niña. La decisión contempló no solo hechos físicos graves, sino también violencia económica y simbólica, que, según el fallo, siguen vigentes. La sentencia tomó en cuenta la palabra de la niña, que pidió mudarse con su madre, alejarse de su padre y continuar la escuela en otra localidad.


Por: Bache3000

En la demanda, la mujer expuso su historia: una relación breve, marcada desde el embarazo por agresiones físicas y psicológicas. Tras la separación, se mantuvieron las amenazas, lo que motivó denuncias penales y una medida de restricción de acercamiento vigente. 

A pesar de eso, la madre había facilitado inicialmente el contacto de la niña con el padre y los abuelos paternos. Sin embargo, la situación cambió después de nuevas denuncias contra el progenitor.

La mujer explicó que trabajaba jornadas de nueve horas por un ingreso bajo, sin ayuda económica del padre, y debía pagar el alquiler y una niñera para poder sostener la rutina diaria. 

Añadió que por esa situación no podía cubrir actividades extracurriculares para su hija, ni garantizar una vivienda estable. A diferencia de eso, detalló que en la nueva ciudad contaba con oferta laboral concreta, una vivienda disponible y vínculos familiares cercanos.

La jueza analizó el caso desde una doble perspectiva: la de infancia y la de género. Remarcó que el padre no había mostrado intención de revincularse, no aportaba económicamente y mantenía una conducta que reforzaba el desequilibrio. 

También advirtió que los abuelos paternos, con quienes se había sostenido un vínculo respetuoso, comenzaron a hostigar a la mujer y a su hija luego del intento de mudanza, con actitudes que el tribunal calificó como moralizantes y controladoras.

La sentencia autorizó el cambio de centro de vida, dejó sin efecto una cautelar anterior que lo impedía, y ordenó notificar a fuerzas de seguridad para que madre e hija pudieran salir de la jurisdicción sin obstáculos.

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