Por: Bache3000
La Defensoría del Pueblo de Bariloche solicitó formalmente la intervención del Concejo Municipal debido a que la Intendencia no cumplió con su deber de colaboración respecto a la situación del Centro de Residuos Urbanos Municipal, conocido como Vertedero.
Según consta en el pase número 128 del 12 de noviembre, la defensora Mariana Minuth envió dos pedidos de informes a la Intendencia Municipal que nunca fueron respondidos. El primero, enviado el 3 de octubre mediante el Pase 91, y el segundo, remitido el 21 de octubre a través del Pase 110, quedaron sin respuesta pese a los plazos legales establecidos.
La funcionaria fundamentó su presentación ante el Concejo en la Ordenanza 1749 que regula el funcionamiento de la Defensoría, específicamente en su artículo 14 que establece el deber de colaboración de todos los poderes públicos municipales. Este artículo establece que la negativa o negligencia en el cumplimiento de los deberes será considerada falta grave y puede derivar en acciones ante el Ministerio Público o la intervención del Poder Judicial.
El pedido de informes se relaciona con un tema crucial para la ciudad: el estado actual del Vertedero y el futuro del tratamiento de residuos en Bariloche. La Defensoría incluso había iniciado una Mesa de Trabajo para abordar la temática con diferentes actores de la comunidad, pero el Departamento Ejecutivo no se hizo presente en las reuniones.
Minuth destacó que la falta de respuesta configura una irregularidad que constituye falta grave según surge de la normativa vigente, especialmente considerando que el artículo 38 de la Carta Orgánica Municipal establece que el Intendente puede ser sometido a juicio político por este tipo de incumplimientos. Por ello, solicitó al Concejo que adopte las medidas y diligencias necesarias para que el municipio cumpla con la normativa vigente y brinde la información requerida sobre la gestión de residuos en la ciudad.
En paralelo a la presentación de la Defensoría, la Justicia también avanza en el control sobre la situación del Vertedero. El juez Cristian Tau Anzoategui dictó una resolución el 8 de octubre en el marco de un amparo colectivo presentado por Tomás Guevara y otros vecinos contra la Municipalidad de Bariloche.
El magistrado ordenó al CONICET realizar una pericia técnica exhaustiva sobre el estado del predio. La pericia deberá determinar la ubicación exacta, superficie en uso y total del CRUM, verificar si el perímetro está completamente cercado, evaluar el estado del alambrado, constatar la existencia de cámaras de seguridad y realizar un mapeo completo de caminos y accesos al vertedero, tanto formales como informales.
Además, el peritaje del CONICET deberá analizar las condiciones ambientales actuales del predio, determinando si existe contaminación en el suelo o en el ambiente, el estado de las celdas donde se depositan los residuos, y si hay tratamiento de líquidos lixiviados. También deberá cuantificar los incendios ocurridos desde 2019 hasta la actualidad, determinar sus causas, y recomendar medidas para evitar mayor contaminación.
Simultáneamente, el juez Tau Anzoategui intimó a la Municipalidad de San Carlos de Bariloche a presentar información detallada en un plazo de 10 días, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones previstas en el artículo 163 del código procesal y de resolver la causa con las constancias ya agregadas.
El municipio deberá acompañar el Plan GIRSU actual e informar detalladamente qué tareas se están cumpliendo en relación al mismo. También debe indicar qué medidas concretas lleva a cabo para la recolección de residuos y su clasificación, tanto de los provenientes de hogares como de grandes generadores.
La Justicia requirió además que se adjunte el informe anual que el municipio debe elaborar para presentar al Concejo Deliberante, describiendo tipo, volumen y cantidad de materiales recolectados y la cantidad que hayan sido reutilizados desde 2019 hasta la actualidad. Este informe permitirá tener un panorama completo de la gestión de residuos de los últimos seis años.
El municipio también deberá informar si existe un registro de la cantidad de residuos que ingresan diariamente al CRUM y cuál es el tratamiento que se le da a los residuos sólidos urbanos y forestales una vez que ingresan. Asimismo, debe detallar con qué maquinaria y herramientas cuenta para el tratamiento de los residuos en el lugar.
Otro punto crítico que deberá responder la Intendencia es si se están realizando quemas de residuos sólidos urbanos o forestales, y en ese caso, qué medidas de control se realizan para evitar los incendios. También deberá informar si existen puntos verdes, su ubicación y frecuencia de funcionamiento.
En materia ambiental, la Justicia exigió que se explique cómo se tratan los líquidos lixiviados, la impermeabilización de suelos, zanjas de drenaje, tratamiento de gases, recolección de líquidos percolados y gestión de aguas pluviales. Respecto a la prevención de incendios, el municipio debe informar la cantidad de extintores, hidrantes, cortafuegos y el protocolo de acción vigente, así como la cantidad de columnas de venteo disponibles actualmente en el CRUM.
El juez estableció además un plazo de 10 días para que las partes puedan ofrecer y readecuar el ofrecimiento de prueba, y determinó que la pericia del CONICET deberá ser presentada en un plazo de 20 días una vez que el municipio responda y las partes ofrezcan sus puntos de pericia.