Por: Bache3000
La Corte Suprema de Justicia de la Nación puso punto final a una extensa batalla judicial que mantuvo una exfuncionaria del Poder Judicial de Río Negro contra su destitución. El máximo tribunal desestimó el recurso de queja presentado por la exsecretaria de un juzgado penal de Bariloche, confirmando así la validez de la sanción que la apartó del cargo y la inhabilitó por cinco años para ocupar funciones judiciales.
El caso se remonta a 2017, cuando el Consejo de la Magistratura de la Tercera Circunscripción Judicial, con sede en Bariloche, resolvió por unanimidad destituir a la entonces secretaria. La decisión se basó en una serie de hechos que fueron considerados constitutivos de mal desempeño en el ejercicio de sus funciones.
Tras la destitución, la exfuncionaria inició una serie de presentaciones judiciales intentando revertir la medida. Primero recurrió ante el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, que rechazó sus planteos. Ante ese resultado adverso, presentó una queja directamente ante la Corte Suprema de la Nación como última instancia posible.
En su fallo, el máximo tribunal recordó un principio rector en estos casos: los procesos de remoción de magistrados y funcionarios judiciales tienen una naturaleza esencialmente política, y el control judicial sobre ese tipo de decisiones es acotado. La Corte reiteró su doctrina establecida, según la cual solo puede intervenir cuando se acreditan violaciones manifiestas al debido proceso o a la garantía de defensa en juicio que sean lo suficientemente graves como para modificar el resultado.
Sin embargo, los jueces de la Corte consideraron que en este expediente ese estándar no se cumplía. El tribunal señaló que el órgano provincial había fundamentado adecuadamente tanto la destitución como la inhabilitación, con argumentos razonables y elementos objetivos. Además, determinó que no se demostró ninguna afectación concreta y grave de garantías constitucionales que justificara la intervención del máximo tribunal.
El fallo también analizó la proporcionalidad de la sanción aplicada. La Corte destacó que la medida se limitó a impedir el acceso a cargos judiciales por un plazo determinado de cinco años, y que esa restricción resultó proporcional a la gravedad de las faltas que habían quedado acreditadas durante el proceso disciplinario llevado adelante por el Consejo de la Magistratura.
Con esos fundamentos, y en línea con el dictamen presentado por la Procuradora Fiscal, la Corte Suprema resolvió rechazar la queja interpuesta, dando por concluido definitivamente el planteo judicial. De este modo, quedó firme la decisión adoptada en 2017 por los órganos provinciales, cerrando un capítulo que se extendió por varios años en distintas instancias judiciales.