Por: Bache3000
El proyecto solicita tratamiento en sesión extraordinaria, lo que anticipa un debate político de alto voltaje en plena crisis entre el Ejecutivo y el gremio municipal. La urgencia del tratamiento, según fundamenta Costa Brutten, se basa en "la necesidad de otorgar certeza jurídica al acuerdo alcanzado, garantizar el pleno reconocimiento de los derechos de las y los trabajadores municipales y asegurar el efectivo cumplimiento de los compromisos asumidos".
La ordenanza propuesta por el edil consta de ocho artículos que buscan resolver punto por punto la disputa. El primero ratifica el acta suscripta el 7 de enero entre SOYEM, el Departamento Ejecutivo Municipal y el Tribunal de Contralor. El segundo reconoce expresamente que existe una resolución del Ejecutivo Municipal con una interpretación distinta formulada por la entidad sindical respecto del carácter remunerativo o no de la suma.
El corazón del proyecto está en el artículo tercero, que resuelve la divergencia interpretativa a favor del requerimiento del sindicato y de los trabajadores municipales, estableciendo que la suma de $250.000 "reviste carácter remunerativo". Esta definición implica que el monto se incorporaría efectivamente al salario básico, generando el incremento permanente de 600 millones de pesos mensuales en la masa salarial que reclama SOYEM, en lugar de ser una gratificación por única vez como sostiene el Municipio.
El artículo cuarto establece que el Departamento Ejecutivo debe abonar al personal municipal la suma "de carácter remunerativo, a cuenta de futuros aumentos que se incorporan al básico, a abonarse en una (1) cuota", la que se percibe con el salario del mes de enero de 2026, cobrado en febrero, conforme lo establecido en el acta ratificada. La redacción sigue fielmente el texto del acta original, justamente el punto que el Ejecutivo municipal consideró "mal redactado" o poco claro.
Costa Brutten fundamenta su proyecto en principios del derecho laboral, señalando que "el principio in dubio pro operario establece que, ante la duda en la interpretación de normas, actos o acuerdos, debe prevalecer siempre la interpretación más favorable a la trabajadora o al trabajador". El edil argumenta que reconocer el carácter remunerativo de la suma acordada "no solo se ajusta a dichos principios, sino que respeta el espíritu del acuerdo alcanzado, evita interpretaciones restrictivas y garantiza la plena vigencia de los derechos laborales del personal municipal".
Además, el proyecto sostiene que la ratificación del acta y la definición clara del carácter remunerativo "permiten otorgar seguridad jurídica tanto a las y los trabajadores como a la administración, previniendo futuros conflictos, reclamos o litigios que podrían derivarse de interpretaciones contradictorias". En sus fundamentos, Costa Brutten advierte que esta diferencia de criterios "ha generado una situación de incertidumbre que impacta directamente sobre los derechos de las y los trabajadores municipales, particularmente en lo relativo a aportes previsionales, cargas sociales, adicionales y demás conceptos que integran el salario".
La iniciativa del bloque Incluyendo Bariloche, llega en un momento de máxima tensión entre el Municipio y SOYEM. Mientras el gremio sostiene que el acta ya está homologada en el Ministerio de Trabajo provincial y que la resolución municipal contradice lo firmado, el Ejecutivo insiste en que se trató de una "mala redacción" que debió corregirse mediante la resolución 41/2026.
El pedido de tratamiento en sesión extraordinaria anticipa un debate intenso en el recinto. La decisión del Concejo Municipal sobre esta ordenanza podría marcar un hito en la disputa, ya que si el cuerpo legislativo respalda la postura del sindicato mediante la sanción de esta norma, el Ejecutivo Municipal quedaría en una situación política y jurídica compleja para sostener su interpretación.
La controversia tiene implicancias que exceden lo meramente interpretativo. Si finalmente prevalece la postura de SOYEM y se confirma el carácter remunerativo del pago, el impacto fiscal para las arcas municipales será de 600 millones de pesos adicionales cada mes, elevando el gasto salarial a unos 2.400 millones mensuales. Si, en cambio, se impone la interpretación del Ejecutivo, se tratará de una erogación extraordinaria que no modifica la estructura de costos a futuro.
La sesión extraordinaria promete ser un capítulo fundamental en esta disputa que combina tensiones laborales, interpretaciones jurídicas contrapuestas y un impacto fiscal de proporciones para el presupuesto municipal.