miércoles 11 de febrero de 2026 - Edición Nº363

Poliladron | 11 feb 2026

A HACERSE CARGO

Justicia de Bariloche fijó una cuota alimentaria en base a la canasta de crianza del Indec y extendió la responsabilidad al abuelo paterno

12:32 |El fuero de Familia de Bariloche dictó un fallo que obliga al padre y al abuelo paterno de una niña de siete años a pagar en conjunto una cuota alimentaria equivalente al valor completo de la canasta de crianza que publica mensualmente el Indec para chicos de entre 6 y 12 años.


Por: Bache3000

El caso comenzó con el reclamo de la madre, quien pidió la actualización de una cuota acordada en agosto de 2022 cuando se había establecido un pago mensual de 25.000 pesos con aumentos semestrales del 20 por ciento. Con el paso del tiempo, el mecanismo quedó desfasado y aun aplicando todas las actualizaciones pactadas, la cuota vigente resultaba insuficiente para cubrir los gastos cotidianos de crianza. El expediente mostró además que los pagos no fueron regulares y que la mujer acreditó incumplimientos reiterados junto con dificultades constantes para cobrar la obligación, situación que se agravaba por la existencia de una deuda acumulada en otro expediente que permanece impaga.

El padre, que trabaja en forma independiente en el rubro de la construcción y no registra ingresos formales, sostuvo durante el proceso que su situación laboral es inestable y que tiene otros hijos a cargo. Sin embargo, la resolución judicial fue contundente al remarcar que la informalidad laboral no puede convertirse en un argumento para eludir una obligación alimentaria. La falta de comprobantes o de registros oficiales no exime al progenitor de su responsabilidad legal hacia los hijos, y la justicia consideró que los antecedentes de incumplimiento justificaban la búsqueda de otros responsables dentro del grupo familiar.

En el análisis del caso también se valoraron antecedentes vinculados a un contexto de violencia de género entre las partes, con medidas de protección vigentes y registros de incumplimientos que excedían lo puramente económico. Informes técnicos incorporados al proceso señalaron irregularidades tanto en el pago de la cuota como en el régimen de comunicación establecido para el contacto con la niña. Estos elementos conformaron un cuadro de situación que llevó a la jueza interviniente a considerar necesaria la intervención del abuelo paterno como co-responsable del pago.

La resolución consideró que el monto acordado en 2022 perdió toda razonabilidad frente al aumento del costo de vida y al crecimiento de la niña, que pasó de la primera infancia a la edad escolar con todas las necesidades que ello implica. Para establecer el nuevo valor, se tomó como referencia la canasta de crianza publicada por el Indec para la franja etaria de 6 a 12 años, un indicador que contempla no solo bienes y servicios sino también el valor económico de las tareas de cuidado que implica la crianza diaria.

Uno de los puntos centrales del fallo fue la extensión de la obligación al abuelo paterno, una medida que si bien está contemplada en el marco legal resulta poco frecuente en la práctica judicial. La responsabilidad de los ascendientes es subsidiaria y opera cuando existen dificultades para obtener el cumplimiento por parte del obligado principal. Durante el proceso se incorporaron informes que mostraron que el abuelo se encuentra en actividad, percibe ingresos registrados y es titular de varios vehículos, elementos que permitieron acreditar capacidad económica suficiente para afrontar la cuota junto con su hijo.

En consecuencia, la justicia de Bariloche fijó una cuota equivalente a una canasta de crianza completa, actualizable automáticamente conforme las variaciones del índice oficial, y dispuso que tanto el padre como el abuelo deberán abonarla del 1 al 10 de cada mes. El mecanismo busca garantizar que la niña reciba los recursos necesarios para su desarrollo sin que la madre deba iniciar nuevos trámites cada vez que la inflación deprecie el valor de la cuota, evitando así el desgaste judicial que implicaba el sistema anterior de aumentos pactados que quedaban rápidamente obsoletos.

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