Por: Bache3000
Un maestro mayor de obras de Bariloche vendió su camioneta Ford Ranger, el vehículo con el que desarrollaba su actividad profesional cotidiana, para cancelar anticipadamente un plan de ahorro y acceder a una Volkswagen Saveiro en versión superior, tal como le había prometido el vendedor de la concesionaria oficial Automotores Fiorasi y Corradi S.A. La operación nunca se concretó y el conflicto terminó en los tribunales civiles de la ciudad, donde obtuvo una sentencia que ordenó la entrega del vehículo prometido y fijó una indemnización total de 13,5 millones de pesos.
El hombre había suscripto originalmente un plan de ahorro para una Saveiro en su versión base, pero desde el inicio le aseguraron que podría cambiar a una versión superior si cancelaba la totalidad del plan antes de tiempo y abonaba la diferencia correspondiente, beneficio que además incluía ciertas bonificaciones comerciales ofrecidas por el propio concesionario. Convencido de que ese paso destrabaría la adjudicación, reorganizó su economía familiar, vendió la Ranger y destinó el dinero a cancelar el plan en su totalidad.
Sin embargo, tras la cancelación comenzaron las dilaciones y los pedidos de pagos adicionales sin precisión suficiente sobre los montos, mientras las explicaciones sobre la disponibilidad de la unidad cambiaban de manera constante. En un momento se le informó que existía un vehículo asignado, pero la operación no avanzó y luego se le comunicó que esa unidad ya no estaba disponible, una situación que lo llevó a presentar reclamos ante la Defensa del Consumidor local, donde obtuvo una resolución favorable que tampoco logró que la entrega se concretara.
Ante la persistencia del incumplimiento, el hombre promovió una demanda civil en la que reclamó la entrega del vehículo comprometido y una indemnización por los daños sufridos, entre ellos el impacto emocional, la imposibilidad de contar con un rodado propio para trabajar y la conducta que consideró abusiva por parte de las empresas involucradas. El fallo responsabilizó en forma solidaria a Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados y a la concesionaria, al considerar acreditado el incumplimiento contractual y la vulneración de derechos básicos del consumidor.
Uno de los ejes centrales de la sentencia fue el deber de información. El juez interviniente consideró probado que el plan estaba cancelado y que existía adjudicación, pero entendió que las demandadas no acreditaron haber brindado información cierta, clara y detallada acerca de los requisitos finales, los importes exigibles para el cambio de modelo y los pasos concretos para efectivizar la entrega. Aplicó el principio de cargas probatorias dinámicas, según el cual en las relaciones de consumo la empresa tiene la obligación de aportar al proceso la documentación y los datos que obran en su poder, de modo que la falta de respaldo documental jugó en su contra.
La sentencia ordenó entregar el vehículo pactado, o uno de similares características si el modelo ya no se comercializa, respetando las bonificaciones ofrecidas en el marco de la operación. Los 13,5 millones de pesos de indemnización se distribuyeron entre daño moral, privación de uso y daño punitivo. Para cuantificar el daño moral, el juez tuvo en cuenta la prolongación del conflicto y la afectación emocional acreditada mediante una pericia psicológica que dio cuenta de ansiedad y malestar vinculados directamente con la situación vivida.
El reconocimiento por privación de uso del vehículo partió de la constatación de que la indisponibilidad de un rodado propio impactó de manera directa en la actividad profesional del demandante, quien había sacrificado precisamente su herramienta de trabajo para confiar en la palabra del vendedor. La sentencia de primera instancia no se encuentra firme, ya que puede ser apelada por las partes condenadas.