sábado 28 de febrero de 2026 - Edición Nº380

Yo no lo voté | 28 feb 2026

ENTERÁTE QUÉ SE APROBÓ

El Congreso le regaló al mercado lo que el mercado siempre quiso

12:00 |La reforma laboral de Milei convierte derechos en variables de ajuste: menos indemnizaciones, jornadas más largas, huelgas acotadas y trabajadores de plataformas que no son trabajadores. El texto ya tiene firma del Congreso.


Por: Bache3000

Hay una manera de cambiar todo sin que parezca que se cambia nada. Se llama reforma. Se llama modernización. Se llama, en el mejor de los casos, adecuación a los tiempos. El Congreso aprobó esta semana la reforma laboral que el gobierno de Javier Milei venía reclamando desde el primer día, y el resultado es lo que suele pasar cuando los que escriben las reglas del trabajo no son los que trabajan.

El corazón del asunto es el dinero que no se va a pagar. Las indemnizaciones por despido ya no incluirán el aguinaldo, las vacaciones ni los premios. Esos conceptos existían porque formaban parte del salario real, del ingreso que un trabajador percibía todos los meses de una manera u otra. Ahora no cuentan. La lógica es sencilla: si cuesta menos despedir, se despide más fácil.

Para financiar esos despidos más baratos, la ley crea el Fondo de Asistencia Laboral, que alimentarán las propias empresas con retenciones que irán del uno al dos y medio por ciento según su tamaño, y que administrarán entidades financieras privadas. Es decir: la cobertura del trabajador despedido quedará en manos del sistema financiero. Habrá que ver qué tan asistencial resulta eso.

La jornada laboral podrá extenderse de ocho a doce horas diarias. El mecanismo se llama banco de horas y permite que esas cuatro horas extras se compensen después con francos o jornadas reducidas. En teoría es un intercambio. En la práctica, quien decide cuándo y cómo se compensan esas horas suele ser el empleador.

El salario también se vuelve más elástico, o más precario, según desde dónde se mire. La figura del salario dinámico permite que parte de la remuneración quede atada al mérito o la productividad, conceptos que cada empresa define a su manera. Y en materia de convenios colectivos, los acuerdos por empresa podrán ir por debajo de lo que fijen los convenios sectoriales. El piso, en suma, baja.

Las huelgas no se prohíben, pero se encogen. La lista de actividades consideradas esenciales —donde durante un paro debe mantenerse el setenta y cinco por ciento del servicio— se amplió para incluir telecomunicaciones, educación, comercio y servicios portuarios. También se establece que las asambleas en el lugar de trabajo requieren autorización del empleador y no generan pago de salarios. Y el bloqueo de establecimientos pasa a ser una infracción grave.

Hay más. A partir de enero de 2027 quedan derogados los estatutos especiales del periodista, el viajante de comercio, el peluquero, el chofer particular y el operador de radio. Hasta entonces, dice la ley, las partes deberán negociar un reemplazo. Esa negociación, como siempre, ocurrirá entre partes que no tienen el mismo poder.

Y los trabajadores de plataformas —los que reparten comida, los que llevan pasajeros, los que hacen mandados bajo la lluvia— deberán registrarse ante ARCA y cumplir sus obligaciones tributarias y de seguridad social. Tendrán derecho a un seguro contra accidentes pactado libremente con la empresa. Lo que no tendrán es relación laboral. La ley lo dice sin rodeos: no se considera que existe un vínculo de empleo entre ellos y las plataformas. Son, en el vocabulario oficial, emprendedores.

Así funciona la reforma: algunos impuestos bajan, algunos estatutos desaparecen, algunas protecciones se vuelven opcionales. Y el trabajo, ese viejo territorio de derechos conquistados con décadas de conflicto, se parece cada vez más a un contrato entre partes que fingen ser iguales.

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