Por: Bache3000
La justicia civil de Bariloche ordenó el desalojo de un local comercial ubicado en Cerro Catedral, tras considerar probada una deuda por alquileres impagos correspondientes a las temporadas 2020 y 2021. Se trata específicamente de la “Confitería Plaza Oertle”, situado en medio de la montaña sector conocido como Plaza Oertle, al cual solo se accede a través de un medio de elevación o esquiando.
El proceso judicial enfrentó a Catedral Alta Patagonia S.A., concesionaria del cerro, contra Catedral Ski Rental S.A., la firma que ocupaba el local. La relación entre ambas empresas se extendía desde 2004 y el contrato vigente tenía fecha de vencimiento prevista para septiembre de 2026, lo que convierte al fallo en una ruptura anticipada de un vínculo de más de dos décadas.
El canon establecido en el contrato era de carácter variable y se calculaba en función del valor del pase diario de alta temporada. La cláusula que terminó siendo determinante en la resolución era la que prohibía reducir el monto ante circunstancias externas, sin excepciones. Durante el proceso quedó acreditado que Catedral Ski Rental respondió a las intimaciones de pago con una liquidación propia, aplicó compensaciones y realizó transferencias por sumas menores a las reclamadas. Hubo además un segundo depósito, efectuado meses más tarde, cuando el conflicto ya se encontraba en instancia de mediación.
El juez interviniente consideró que ninguno de esos pagos alcanzó para cancelar la deuda porque no coincidían con los montos exigidos, no eran íntegros y no fueron aceptados por la concesionaria como cancelación total. El intento de justificar una reducción del canon durante la pandemia tampoco prosperó, ya que el contrato excluía expresamente ese tipo de ajustes.
La defensa intentó ampliar el marco del conflicto al señalar diferencias previas entre las empresas y la existencia de otros acuerdos vinculados al uso de espacios dentro del cerro, pero esos argumentos no resultaron determinantes. El análisis judicial se concentró en el contrato específico del local y en su incumplimiento documentado.
La resolución ordena la restitución del inmueble en un plazo de diez días y prevé el uso de la fuerza pública en caso de que no se cumpla. La sentencia es de primera instancia y puede ser apelada.