Por: Bache3000
El Colegio de Abogados y Abogadas de Bariloche presentó junto a otros 28 colegios de todo el país la primera medida cautelar autónoma contra la reforma laboral aprobada en febrero, solicitando ante la Justicia Federal la suspensión de dos artículos de la Ley de Contrato de Trabajo que, según los letrados, vulneran derechos adquiridos y afectan el ejercicio independiente de la profesión.
El centro de la disputa son el artículo 277 y el artículo 20 de la norma reformada. El primero establece que los honorarios de los abogados que representen a trabajadores podrán abonarse en hasta 12 cuotas, mientras que el segundo incorpora el concepto de responsabilidad solidaria objetiva del letrado cuando el juez considere que el monto reclamado fue sobreestimado, sin necesidad de acreditar temeridad ni malicia procesal como exigía la legislación anterior.
El presidente del Colegio de Abogados de Bariloche, Ezequiel Palavecino, fue terminante al caracterizar el impacto de la medida sobre la profesión y señaló que "el honorario profesional tiene naturaleza alimentaria, es el sustento del trabajo del abogado", para agregar que la reforma "alcanza al capital y, por ende, a los honorarios profesionales, vulnerando el carácter alimentario de nuestra labor" y que "esto afecta un derecho adquirido".
Los colegios firmantes de la cautelar argumentaron además que la normativa establece una distinción arbitraria dentro de la profesión, ya que el financiamiento forzoso en cuotas solo rige para los abogados laboralistas y no para quienes litigan en otros fueros. Esa diferencia, sostienen, configura una discriminación que viola el principio de igualdad ante la ley.
Palavecino fue más lejos en la descripción de esa inequidad al señalar que "el abogado laboralista es el único en el país que debe soportar el financiamiento forzoso de sus honorarios, asumir riesgos patrimoniales por el monto que reclama y litigar bajo amenaza de sanciones personales", para concluir que "ningún otro fuero impone esto". La entidad barilochense considera que esa diferenciación resulta inconstitucional porque, como sostienen en el escrito presentado ante la Justicia Federal, "la equidad y la igualdad ante la ley constituyen la base de un sistema democrático de derecho".
El cambio en el régimen de responsabilidad solidaria representa, según los colegios, una transformación profunda de las reglas del litigio laboral. Hasta la reforma, los abogados solo podían ser responsabilizados solidariamente en las costas cuando se probaba temeridad o malicia procesal, una figura de aplicación excepcional. Con la nueva redacción del artículo 20, la responsabilidad pasa a ser objetiva y queda librada al criterio del magistrado respecto de si el reclamo fue excesivo, lo que los letrados interpretan como una amenaza directa al ejercicio profesional independiente.
Desde el Colegio de Bariloche rechazaron la caracterización oficial de la norma y pusieron en cuestión su legitimidad de fondo al sostener que "no aceptamos que se presente como reforma lo que en realidad es una restricción deliberada al ejercicio profesional" y que "sin honorarios no hay justicia". La cautelar presentada por los 29 colegios es la primera acción judicial coordinada a escala nacional contra la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y busca que se suspendan los dos artículos impugnados mientras avanza el análisis de fondo sobre su constitucionalidad.