Por: Bache3000
La historia comienza con una pareja y un terreno. En 1951, un hombre y una mujer llegados desde Yugoslavia se instalaron en Bariloche y registraron una propiedad que, en ese momento, no era más que el punto de partida de una vida nueva en la Patagonia. Poco después, esa vida en común se terminó. Ella se fue del país. Él se quedó.
Lo que siguió fue una historia sin drama visible pero con consecuencias jurídicas que tardarían décadas en resolverse. El hombre rehízo su vida en Bariloche, formó una nueva familia y fue transformando el terreno. Primero una casa. Después departamentos. Luego locales comerciales. El lugar creció con él y con sus hijos, que nacieron ahí, se criaron ahí y, cuando su padre murió en 1979, siguieron ahí.
Desde entonces y durante más de cuatro décadas, los hermanos mantuvieron la ocupación del inmueble sin interrupciones. Realizaron obras, gestionaron alquileres a través de una inmobiliaria, tramitaron habilitaciones comerciales ante el municipio y pagaron tasas y servicios de manera regular. Nadie reclamó nada. La mujer que figuraba en el registro como condómina no volvió a dar señales de vida y su paradero actual se desconoce.
La situación dominial, sin embargo, seguía sin reflejar la realidad. En los papeles, el inmueble continuaba inscripto en condominio entre el hombre fallecido y su ex esposa, como si el tiempo no hubiera pasado. Para resolverlo, los hermanos iniciaron un proceso judicial ante el fuero Civil de Bariloche reclamando la prescripción adquisitiva sobre el 50% de la propiedad que correspondía a quien había desaparecido del mapa décadas atrás.
El expediente reunió una cantidad considerable de prueba. Comprobantes de pago de tasas y servicios acumulados a lo largo de décadas, contratos de locación, habilitaciones municipales y planos de las distintas ampliaciones edilicias realizadas sobre el inmueble. A eso se sumaron los testimonios de vecinos que ratificaron lo que los documentos ya mostraban: que la familia siempre estuvo ahí, que construyó, que mantuvo el lugar y que nunca existió disputa alguna sobre quién ejercía el control real de esa propiedad.
El juez interviniente tuvo por acreditada una posesión pública, continua e ininterrumpida por más de veinte años, con actos concretos y sostenidos propios de quien se comporta como dueño. La sentencia declaró que los demandantes adquirieron por prescripción adquisitiva el 50% del inmueble y ordenó su inscripción registral en partes iguales entre ambos hermanos.
El terreno que en 1951 registró una pareja recién llegada de Europa alberga hoy cinco departamentos y unidades comerciales. Y tiene, por fin, una historia jurídica que coincide con la real.