

Por: Bache3000
A sus 53 años, tras la ruptura, la mujer se encontró en una situación alarmante: sin estudios secundarios completos, sin aportes jubilatorios, sin empleo y con escasas posibilidades de conseguir trabajo. Durante casi tres décadas se había dedicado a criar a sus seis hijos, cuidar a familiares de su esposo y administrar negocios familiares. Mientras tanto, él acumulaba propiedades a su nombre: 8.000 hectáreas de campos petroleros, varias viviendas y 14 vehículos entre autos, camionetas, camiones, acoplados y motos.
Aunque los testimonios y documentos demostraron que ella participaba activamente en el crecimiento económico familiar, ninguna propiedad fue registrada a su nombre. Al presentar la demanda, la mujer describió haber vivido "en una cárcel de cristal" donde, si bien tenía sus necesidades cubiertas, dependía totalmente de su marido, quien ni siquiera le proporcionó una tarjeta para sus gastos personales.
La jueza que intervino en el caso determinó que la compensación económica funciona como "un mecanismo corrector del perjuicio patrimonial" causado por la ruptura. Para calcular el monto, consideró la situación patrimonial de cada uno al inicio y final de la relación, la dedicación a la familia, la edad, estado de salud, capacitación laboral y posibilidades de empleo.
Un factor determinante fue la pericia psicológica que confirmó que la mujer había sufrido violencia familiar y de género durante el matrimonio, limitando sus posibilidades de desarrollo personal y social. "Ha sido víctima de violencia de género económica y emocional", concluyó la jueza.
La sentencia estableció que, como compensación, el hombre deberá pagar a la mujer el 20% de sus ingresos durante los próximos 23 años, con un mínimo equivalente a tres salarios mínimos. Según explicó la magistrada, este arreglo permitirá a la mujer aliviar su situación económica y buscar formas de reinsertarse laboralmente a pesar de su edad y falta de formación, además de asegurarle una futura jubilación.