Por: Bache3000
El divorcio estaba casi cerrado. El matrimonio, celebrado en España y con dos hijos menores que también poseen ciudadanía española, había logrado ordenar en un convenio regulador los aspectos centrales de la separación: la cuota alimentaria, el sistema de cuidado personal compartido y el régimen de comunicación. Incluso acordaron resolver de forma privada la liquidación de bienes. Sin embargo, una cláusula impuesta por el padre desató un conflicto que terminó en la Cámara de Apelaciones de Bariloche.
El hombre condicionó la entrega de los pasaportes de sus hijos a que una jueza dictara primero una medida que prohibiera a los niños salir de la Argentina. El motivo que invocó fue concreto: sostuvo que la madre gestionaba una autorización para radicarse en Chile y que existía un riesgo real de que los chicos fueran trasladados al país vecino.
La madre rechazó esa condición al responder la demanda de divorcio. Argumentó que necesitaba contar con la documentación de sus hijos y que no había ninguna orden judicial vigente que justificara la retención. La Defensoría de Menores se sumó a ese planteo y advirtió que la cláusula vulneraba el derecho de los niños a su propia documentación y a su identidad.
La jueza de Familia que intervino en el proceso decretó el divorcio y homologó el acuerdo en los puntos relativos a alimentos y cuidado compartido, pero rechazó la condición impuesta por el padre. En su resolución, indicó que si el hombre consideraba que existía un riesgo concreto de traslado, debía promover el trámite de prohibición de salida por la vía que corresponde. Mientras tanto, ordenó la entrega de los pasaportes en un plazo de tres días.
El padre apeló la decisión y el recurso fue concedido con efecto suspensivo, lo que dejó la entrega en pausa y trasladó el conflicto a un nuevo expediente. La madre respondió iniciando una medida cautelar autónoma en la que denunció que los documentos continuaban retenidos. En esa presentación agregó un dato que reforzó su postura: el padre trabaja en Europa con estadías prolongadas fuera del país, lo que dejaba a los niños sin ninguna documentación disponible ante cualquier situación de urgencia.
En el marco de esa cautelar, el hombre finalmente presentó los pasaportes ante el juzgado, aunque pidió que no fueran entregados hasta que se resolviera la cuestión de fondo. Los documentos quedaron bajo resguardo judicial mientras avanzan en paralelo el recurso ante la Cámara de Apelaciones y un pedido de autorización para el eventual cambio de residencia de los chicos. La decisión del tribunal determinará si los pasaportes pueden ser retenidos como garantía o si deben ser restituidos con independencia de lo que ocurra con la prohibición de salida.