Por: Bache3000
El concejal Leandro Costa Brutten formalizó este miércoles una presentación de nulidad ante el Municipio de Bariloche para impedir el cobro de un 10% adicional en la Tasa por Servicios Municipales (TSM), bajo el concepto "Fondo para la Ejecución y Mantenimiento de la Infraestructura Urbana" (FI), que el intendente Walter Cortés incorporó mediante una comunicación pública unilateral a partir del período 05/2026.
En su presentación formal, el edil del bloque Incluyendo Bariloche calificó la medida como "absolutamente nula e insanable" y denunció que el Ejecutivo municipal pretende aplicar un tributo que no figura en la Ordenanza Fiscal y Tarifaria vigente para 2026, violando principios constitucionales básicos de legalidad tributaria.
"Lo que hizo Cortés es clarísimo: ningún tributo puede ser exigido si no está incluido en la Ordenanza Fiscal 2374-CM-12, que es la que establece las obligaciones tributarias", explicó Costa Brutten. "La ley es muy simple: corresponde a la Ordenanza Fiscal definir qué se cobra, a quién se le cobra, quiénes son los responsables de pagar, sobre qué base se calcula y cuánto se cobra. Si no está en esa ordenanza, no se puede cobrar. Punto", resumió el concejal.
El edil enfatizó que esta norma es la base del sistema tributario municipal y que cualquier nuevo cobro debe estar expresamente contemplado en ella. "No se puede inventar un tributo por decreto o comunicado de prensa. Eso es lo que dice la propia Ordenanza Fiscal en su artículo 1°: ningún tributo puede ser exigido sino en virtud de ordenanza previa, y no se pueden crear obligaciones tributarias por vía de interpretación o reglamentación", agregó.
Costa Brutten recordó que en diciembre de 2025 el Concejo Municipal rechazó el proyecto de Ordenanza Fiscal y Tarifaria elevado por el Departamento Ejecutivo para el ejercicio 2026, por lo que actualmente no existe para el período fiscal en curso una Ordenanza Fiscal y Tarifaria aprobada que habilite la percepción de ningún concepto tributario más allá de los ya vigentes por prórroga del régimen anterior.
"En ese contexto, el Departamento Ejecutivo no solo carece de habilitación para aplicar la Ordenanza N° 150-CM-92, sino que tampoco podría haberlo hecho aun cuando la Fiscal y Tarifaria 2026 hubiera sido aprobada, dado que dicha ordenanza no fue incluida en el proyecto elevado al Concejo", señaló.
Como único sustento normativo de la medida, el Departamento Ejecutivo invocó la Ordenanza N° 150-CM-92, sancionada por el Concejo Municipal el 5 de noviembre de 1992. Sin embargo, Costa Brutten argumentó que esa norma nunca fue incorporada al régimen de la Ordenanza Fiscal y Tarifaria vigente y que su mera existencia formal en el digesto municipal no la convierte en un instrumento tributario operativo para el ejercicio 2026.
"La Ordenanza N° 150-CM-92 no puede suplir ese requisito por sí sola, independientemente de que no haya sido derogada", sostiene el escrito presentado ante la Intendencia Municipal. "Fue sancionada en el año 1992 y nunca fue incorporada al régimen de la Ordenanza Fiscal y Tarifaria vigente. Pretender usarla ahora es como sacar del cajón una norma vieja que nunca se aplicó para tapar un agujero financiero", graficó el concejal.
En su presentación, Costa Brutten advirtió que exigir a los contribuyentes el pago de un concepto carente de sustento legal vigente para el período 2026 constituye una detracción patrimonial sin causa jurídica suficiente, en violación del artículo 17 de la Constitución Nacional, que protege el derecho de propiedad.
"Lo que está haciendo el intendente es meter la mano en el bolsillo de la gente sin autorización legal. Y eso afecta el derecho de propiedad de cada barilochense", denunció Costa Brutten.
El concejal solicitó al intendente Cortés declarar la nulidad del acto administrativo que dispuso la incorporación del concepto FI en la liquidación de la TSM para el período 05/2026 y subsiguientes; suspender de forma inmediata e incondicional el cobro del concepto FI en todas las liquidaciones de la Tasa por Servicios Municipales; y devolver o acreditar en las cuentas tributarias de cada contribuyente los importes ya percibidos en concepto de FI durante el período 05/2026.
Además, el edil pidió al Ejecutivo abstenerse de aplicar la Ordenanza N° 150-CM-92 o cualquier otra norma como fundamento autónomo de cargas tributarias adicionales, sin la previa aprobación por el Concejo Municipal de la Ordenanza Fiscal y Tarifaria correspondiente.
Costa Brutten dejó en claro que si no obtiene una respuesta satisfactoria en el plazo indicado, procederá a impulsar las acciones legislativas y judiciales que correspondan, incluyendo la interposición de una acción de amparo colectivo en defensa de los derechos de los contribuyentes barilochenses y la denuncia ante el Tribunal de Contralor Municipal.
"Es lamentable que el intendente Walter Cortés pretenda endeudar ilegalmente a los barilochenses para generar ejecuciones masivas con los veinte abogados que nombró en el Municipio sin respaldo legal alguno", sostuvo el concejal, quien además puso a disposición de todos los titulares de tasas municipales perjudicados un modelo de reclamo individual que puede ser remitido directamente al Municipio.
El edil vinculó la medida con el grave endeudamiento generado por obras sin recupero de frentistas, lo que a su juicio demuestra "la desesperación y falta de razonabilidad del intendente Walter Cortés".
"No vamos a permitir que el Ejecutivo de Bariloche meta la mano en el bolsillo de la gente y siga endeudando a los barilochenses por fuera de la ley", concluyó Costa Brutten.