Por: Bache3000
Hay una pregunta que atraviesa todo el expediente y que nadie parece poder responder. ¿Cómo se investiga violencia laboral escuchando solo a una de las partes? Es lo que el fiscal Guillermo Lista, sus colegas Álvaro Viterbori y María Fernanda Orticelli, la defensora Mónica Goye, el jefe de División Germán Torres y el ex fiscal Tomás Soto Daher acaban de preguntarle, en términos bastante menos corteses, al instructor sumariante Juan Murillo Ongaro.
La nota que presentaron el jueves de la semana pasada ante el Consejo de la Magistratura toca fondo. Después de más de ocho meses de sumario, con el plazo de 90 días hábiles próximo a vencerse, los denunciantes descubrieron algo que parece simple pero que cambia todo: en las más de 40 audiencias que fijó Murillo Ongaro, no aparece registrada la citación de ninguno de ellos. Ni siquiera la de los testigos que ellos propusieron en la denuncia original y sus ampliaciones.
Es decir: se escuchó a los testigos. Pero se escuchó a los testigos de la defensa. O al menos, eso es lo que denuncian. Porque en realidad, los denunciantes no tienen claro cuántos testigos fueron citados ni cuáles fueron sus nombres, porque la instrucción les oculta el cronograma de las audiencias. Eso es también materia de la impugnación: que el instructor incumple la ley provincial al negarles información sobre el estado del expediente.
Entonces: no se sabe con certeza si se citaron los 40 testigos anunciados. Lo único que se sabe es que los denunciantes no fueron escuchados. Y que los testigos que ellos propusieron —funcionarios judiciales que presenciaron el hostigamiento, profesionales de la salud que trataron el daño psicológico derivado de la violencia laboral— tampoco.
Hay un dato que ilustra mejor que cualquier análisis jurídico lo que está pasando. En la presentación, señalan que uando la fiscal Daniela Ortiz Celoria —ella misma denunciante, ella misma víctima directa de amedrentamiento en el despacho de Cendón— intentó declarar, fue interrumpida constantemente por el abogado defensor. No le permitieron terminar su relato sobre los hechos de maltrato que sufrió. Pidió expresamente que quedara constancia de que tenía mucho más para decir.
Eso pasó dentro de una audiencia donde ella fue llamada. Ahora, otros testigos de los denunciantes —funcionarios judiciales que presenciaron los hechos, psicólogos y psiquiatras que trataron a las víctimas— ni siquiera fueron llamados. Su silencio es ensordecedor.
La presentación de los denunciantes también señala algo incómodo: prácticamente todos los testigos que fueron citados declararon en presencia de la denunciada. Betiana Cendón, su jefa directa o indirecta, presente en la sala mientras sus subordinados hablaban. Algunos pidieron expresamente que se les eximiera de esa situación porque temían represalias. Pero no fueron exentos de declarar: fueron exentos de declarar en paz.
Lo que los denunciantes denuncian no es exactamente un error procedural. Es una decisión deliberada. El instructor, sostienen, decidió no citar a las víctimas. Decidió no buscar la "prueba reina" en este tipo de procesos: la palabra de quienes padecieron el hostigamiento, la constatación médica del daño. Es como investigar una desaparición sin hablar con la familia desaparecida.
Y aquí entra algo más: denuncian la violación de compromisos internacionales. El Convenio 190 de la OIT (vigente en Argentina como Ley Nacional 27.580) y la Ley 26.485 de protección contra la violencia de género. Dos instrumentos que obligan al Estado a ejercer debida diligencia para erradicar la violencia laboral. Esto es: escuchar a las víctimas. Investigar el daño que se les causó. No dejarlo en la sombra.
Los denunciantes piden que se convoque a observadores institucionales —la APDH, el Colegio de Magistrados, los sindicatos judiciales— para que presencien las audiencias pendientes. Porque, dicen, "la presencia de sus representantes es la única garantía material restante para asegurar que no se coaccione a los deponentes".
Es decir: desconfían tanto del instructor que necesitan testigos de sus propios testigos.
Murillo Ongaro, el legislador del PRO designado como instructor, tiene un dilema. Puede cerrar el sumario en la próxima sesión del Consejo y emitir un dictamen basado en lo que escuchó: mayormente, la versión de una de las partes. O puede hacer lo que la ley parece exigir: escuchar a todos. Pero entonces tendría que admitir que perdió casi tres meses en un proceso que no debería haber comenzado de esa forma. Que armó un expediente a medida, como dicen los denunciantes.
La pregunta de fondo sigue ahí. ¿Cómo se investiga violencia laboral sin preguntar a quienes dicen haber sido violentados? No hay respuesta fácil. Porque la respuesta que está dando el sumario —simplemente no preguntarles— es inquietante.