martes 09 de junio de 2026 - Edición Nº481

El Bardo de Siempre | 9 jun 2026

¡QUÉ DESPIOLE!

Polémica: la Provincia multó al Municipio por la tala de los pinos, y desde el gobierno hablan de "autonomía"

19:39 |El Servicio Forestal Andino labró un acta de infracción contra el Municipio por apear 40 árboles fuera de lo autorizado. Desde la gestión Cortés respondieron a Bache3000 que desconocen la razón de la multa porque la autonomía municipal se los permite. Los hechos.


Por: Bache3000

Algo llamativo está pasando en la costanera de Bariloche. Decenas de pinos que formaban parte del paisaje de la Avenida 12 de Octubre fueron talados en las últimas semanas por cuadrillas municipales, y lo que parecía una obra de mantenimiento urbano derivó en un ¿conflicto?: la Provincia multó al Municipio por cortar árboles sin autorización, y desde el Gobierno respondieron que no necesitaba pedirle permiso a nadie.

Todo comenzó con dos permisos que el Servicio Forestal Andino —organismo dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo de Río Negro— otorgó a la Municipalidad de Bariloche. El primero, el N° 10787/2026, habilitaba el apeo de 16 pinos Insigne, 6 Oregón, 1 roble pellín, 2 álamos, 1 aliso, 1 abies alba y 2 macrocarpa en el sector del sendero costero entre Puerto San Carlos y el Club Pesca, además de podas en plaza Italia.

El segundo, el N° 10631/2026, era mucho más acotado: autorizaba el corte de un único pino Oregón en la intersección de Avenida 12 de Octubre y Palacios, porque ese árbol presentaba una cancrosis fúngica grave que le había generado una pudrición avanzada en el tronco y representaba un riesgo de caída.

Sin embargo, lo que ocurrió sobre la avenida fue otra cosa. El 26 de mayo, inspectores del Servicio Forestal se presentaron en la zona y constataron que la Municipalidad había apeado 40 árboles exóticos —pinos Oregón, Insigne y Macrocarpa— a lo largo de la Avenida 12 de Octubre, muy por encima de lo que cualquiera de los dos permisos habilitaba. Ese mismo día labraron el Acta de Infracción N° 365/2026, firmada por el delegado del Servicio Forestal Andino, Ignacio Dura, y notificada formalmente a la Municipalidad de Bariloche.

Las infracciones constatadas fueron dos: incumplimiento del plan de trabajo aprobado y apeo de árboles sin autorización, encuadradas en el Artículo 39 de la Ley Provincial N° 757. El acta señala además que no existen guías de traslado ni cálculo de aforo para la madera extraída, lo que significa que el destino de ese material forestal es, por ahora, desconocido.

La gestión responde: "la autonomía municipal lo permite"

La Asociación Civil Árbol de Pie, que venía siguiendo de cerca el operativo, le pidió al Servicio Forestal un informe detallado sobre lo sucedido. Fue así como el organismo provincial les remitió toda la documentación: los permisos otorgados, el acta de infracción y la aclaración de que los árboles fueron apeados sin autorización y que se desconoce el destino del material. Bache3000 accedió a esa documentación.

Consultada al respecto, desde la municipalidad respondieron a este medio que la autonomía municipal se los permite (fue la respuesta formal, además a la consulta de la concejal Julieta Wallace) por lo que desconocen la razón de la multa. El argumento oficial se sustenta en dos normas. Por un lado, el Artículo 225 de la Constitución de la Provincia de Río Negro, que reconoce expresamente la autonomía política, administrativa y económica de los municipios y establece que en caso de superposición normativa prevalece la legislación municipal en materias específicamente comunales.

Por otro, la Ordenanza Municipal N° 1417-CM-04, que establece que el ejercicio de los derechos sobre el arbolado público es de exclusiva potestad administrativa de la Municipalidad, y en su Artículo 11° otorga a la Dirección de Parques y Jardines plena competencia para ejecutar y autorizar tareas de plantación, podas y erradicación del arbolado público.

Desde el Ejecutivo municipal sostienen que las tareas realizadas sobre la Avenida 12 de Octubre no constituyeron aprovechamiento forestal sino funciones de mantenimiento urbano, seguridad pública y ordenamiento del espacio vial, y que por lo tanto no encuadran en las infracciones que la normativa provincial le imputa.

Lo que la documentación municipal sí deja en claro es la magnitud del operativo. Una cubicación parcial al 5 de junio de 2026 detalla 216 rollizos de pino Oregón extraídos, con un volumen total de 134,49 metros cúbicos de madera. Sin guías de traslado, ese material no tiene destino formalmente acreditado.

En cuanto a la reposición, el Municipio informó que el plan de reforestación se encuentra en elaboración y que contempla especies nativas y exóticas ornamentales, además de plantaciones florales y acondicionamiento de césped. Las actividades de reemplazo se realizarán en el Paseo de La Costa, Plaza Italia, Plaza Iglesia Catedral, Centro Cívico y Plaza Belgrano.

Lo que queda abierto es una disputa de fondo: si el Municipio tiene o no la potestad de intervenir el arbolado urbano sin pedir autorización al Servicio Forestal provincial. Provincia dice que sí necesitaba el permiso y que no lo tenía. El Municipio dice que su autonomía lo habilita a actuar.

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