Por: Bache3000
La causa tramita ante la Justicia de Bariloche desde mayo de 2023, cuando se radicó la denuncia por presuntos hechos de abuso sexual agravado por el vínculo, con el progenitor de los niños como acusado. A lo largo de estos tres años el expediente atravesó múltiples instancias: la investigación, la realización de una Cámara Gesell, el rechazo de un juicio abreviado ofrecido al imputado y una suspensión de juicio a prueba que fue concedida en un primer momento y luego revocada por otros magistrados, que resolvieron que correspondía avanzar hacia el juicio oral.
El debate había quedado fijado para los días 27, 28, 29 y 30 de julio de 2026. Sin embargo, el 29 de junio la denunciante fue notificada de que la Fiscalía no sostendría la acusación, fundándose en una supuesta insuficiencia probatoria. No es la primera vez que ocurre algo así: la causa ya tenía un juicio fijado para diciembre que tampoco llegó a concretarse. Para la querella, esta sucesión de cambios de criterio —primero impulsar el debate, luego cuestionarlo, después volver a sostenerlo y finalmente desistir— genera una profunda incertidumbre que recae especialmente sobre las víctimas, en un proceso atravesado por la violencia sexual intrafamiliar.
La causa está actualmente en manos de la fiscal Daniela Ortiz, quien depende de Martín Lozada. Antes habían intervenido los fiscales Martín Govetto (ahora fuera de la Justcia) y Gerardo Miranda (que traspasó el expediente). La denunciante remarca que comprende los cambios propios de la organización institucional, pero advierte que ello no debería implicar una pérdida de continuidad ni de profundidad en la investigación, ni la ausencia de una perspectiva de protección hacia las infancias involucradas.
Uno de los puntos centrales del reclamo apunta a que, en la etapa previa al debate, la discusión quedó concentrada en una pericia privada presentada por la defensa, costeada por el propio imputado y orientada principalmente al análisis de la denunciante, antes que a la evaluación integral del hecho investigado o del acusado. La madre considera que esa valoración no fue contextualizada dentro del marco de violencia denunciado ni de la situación de vulnerabilidad de los niños.
A esto se suma que, según la querella, varias líneas investigativas no habrían sido suficientemente profundizadas. Entre ellas se mencionan las comunicaciones realizadas a las líneas de orientación estatales tras las primeras manifestaciones del hijo mayor, los relatos posteriores que motivaron ampliaciones de la denuncia, y posibles registros fotográficos de contenido sexual, sin que —según afirma— se hayan adoptado medidas para el secuestro y análisis de dispositivos tecnológicos vinculados al denunciado.
Frente a este escenario, la denunciante elevó un pedido de revisión institucional ante la Procuración General de Río Negro y la Jefatura Superior del Ministerio Público Fiscal. La comunicación fue elevada al Procurador General de Justicia, Jorge Crespo. El reclamo se apoya en la Ley Nacional 27.372 de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos, la Ley 26.485 de Protección Integral contra la Violencia hacia las Mujeres, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley 26.061, normativa que obliga al Estado a garantizar el interés superior del niño y una investigación diligente.
La presentación remarca que la falta de certeza absoluta en esta etapa no debería confundirse con una valoración definitiva de la prueba, cuya discusión corresponde al ámbito propio del debate oral y contradictorio. En esa línea, la querella sostiene que existen casos de características similares que sí llegaron a juicio, y reclama que se garantice una intervención institucional con perspectiva de víctima que evite prácticas revictimizantes.
El pedido, según expresa la denunciante, no busca exponer a los niños ni vulnerar su intimidad, sino que una decisión de esta magnitud —tomada nuevamente antes de un debate oral ya fijado— sea revisada con la seriedad que el caso requiere.