Por: Bache3000
Contratar una vivienda prefabricada para ganarle tiempo a la obra tradicional terminó siendo, para una mujer de Bariloche, una promesa incumplida que la dejó pagando alquiler mientras esperaba una casa que nunca llegó. La Justicia le dio la razón: un fallo de primera instancia condenó a Eco Habitat Patagonia SRL, empresa que comercializa viviendas de contenedores marítimos bajo el nombre de fantasía El Montañés, a entregar la vivienda en veinte días o, si no puede cumplir, a devolver los 115.590 dólares que la compradora ya pagó, con intereses e indemnización incluida.
La mujer firmó el contrato en abril de 2024 para construir su casa en un lote de Bariloche. La propuesta de la empresa era atractiva: un sistema constructivo basado en contenedores marítimos reciclados, que prometía tiempos de ejecución mucho más cortos que los de una obra convencional. Confiada en esa promesa, la compradora abonó el 90 por ciento del valor total acordado, unos 115.590 dólares, dejando el saldo restante para el momento de la entrega.
Pero la obra nunca avanzó. Según el expediente judicial, la empresa apenas realizó un movimiento inicial de suelo y no volvió a poner un ladrillo —o un contenedor— sobre el terreno. Vencidos los plazos contractuales, la mujer intimó a la firma mediante carta documento y pidió una mediación prejudicial. Eco Habitat Patagonia ni siquiera se presentó.
El silencio de la empresa se repitió en sede judicial: tampoco contestó la demanda. Esa inacción llevó al juez a declararla rebelde, lo que permitió tener por ciertos los hechos relatados por la compradora, al no existir ninguna prueba en contrario. La sentencia encuadró el conflicto dentro de la Ley de Defensa del Consumidor y concluyó que hubo un incumplimiento liso y llano de las obligaciones contractuales.
El fallo le da a la empresa una última chance: entregar la vivienda dentro de veinte días. Si eso no ocurre, el contrato queda resuelto de manera automática y Eco Habitat Patagonia deberá devolver los 115.590 dólares percibidos, con los intereses correspondientes, además de afrontar una indemnización de 35.580.000 pesos por daño moral, daño punitivo y daño emergente. Este último rubro reconoce específicamente los gastos de alquiler que la mujer tuvo que pagar mientras esperaba, sin éxito, mudarse a su propia casa.
Al fundamentar el daño moral, la sentencia fue clara: el perjuicio no se agotó en el incumplimiento de un contrato de construcción. Lo que estuvo en juego, señaló el juez, fue la posibilidad de acceder a la vivienda propia y de formar un hogar familiar, un interés que va mucho más allá del valor económico de la obra.
El fallo también hizo lugar al daño punitivo, una figura que castiga las conductas especialmente graves de las empresas frente a los consumidores. En este caso, el juez consideró que la firma no solo incumplió el contrato, sino que tampoco dio respuestas a los reclamos y se mantuvo ausente durante todo el proceso judicial, un combo que agravó su responsabilidad.
El fallo de primera instancia todavía no está firme, ya que puede ser apelado por la empresa. De todos modos, la resolución marca un antecedente claro para quienes atraviesan situaciones similares con constructoras que no cumplen los plazos comprometidos: Eco Habitat Patagonia SRL deberá entregar la vivienda o devolver el dinero en la misma moneda en que lo recibió, dólares, más las indemnizaciones fijadas por la Justicia.