Por: Bache3000
Un fallo del fuero Civil ordenó cortar al ras del suelo 20 pinos ponderosa ubicados sobre la medianera de una propiedad en la zona oeste de Bariloche, luego de que una evaluación técnica confirmara el riesgo que representaban para una vivienda vecina.
El conflicto se venía arrastrando desde hace tiempo. Los árboles, que superan los 20 metros de altura, se encuentran sobre la línea divisoria entre el terreno de la mujer que llevó el caso a la Justicia y los predios linderos. Según su planteo, el estado y la altura de los pinos podían provocar desrames, desgajes o roturas de troncos ante los fuertes vientos que suele haber en la zona, con consecuencias directas sobre su casa y sobre las personas que viven ahí.
Antes de judicializar el reclamo, la mujer intentó resolverlo por las suyas: dijo haber formulado reclamos verbales a los responsables de las propiedades vecinas para que tomaran cartas en el asunto, pero nunca obtuvo una respuesta concreta.
Ante la falta de soluciones, recurrió al Servicio Forestal Andino, que hizo la evaluación clave para todo lo que vino después. Los especialistas constataron que los 20 pinos ponderosa presentan inestabilidad estructural y recomendaron cortarlos al ras del suelo, además de reemplazarlos por especies nativas arbustivas en la misma cantidad. También aclararon que antes de cualquier corte hay que completar los trámites correspondientes ante el organismo.
Con ese respaldo técnico, la mujer inició una acción de daño temido, una herramienta judicial que permite tomar medidas frente a un peligro cierto, grave e inminente para las personas o sus bienes. El juez consideró que el caso reunía esas condiciones y valoró especialmente la posibilidad de desrames o roturas de los troncos como uno de los puntos centrales para resolver a favor de la propietaria.
La acción alcanzó a Del Valle SRL y/o responsables de la explotación comercial "La Posada del Ángel", a los responsables de "La Posada del Chimango" y a quienes resulten propietarios, poseedores o tenedores de los inmuebles involucrados.
El fallo estableció que la intervención deberá respetar las indicaciones del Servicio Forestal Andino y que, si los obligados no hacen los trabajos, la mujer podrá realizar los cortes por su cuenta pero a costa de los demandados. Además, fijó una sanción de 50.000 pesos por cada día corrido de demora en el cumplimiento.
Por último, la resolución dejó abierta la puerta a que el expediente se derive al fuero penal si se detecta la eventual comisión de un delito de orden público.