sábado 29 de agosto de 2026 - Edición Nº562

La ley y el orden | 28 ago 2026

QUÉ DICE EL FALLO

El Tribunal de Faltas levantó la clausura de la CEB: para Contín, la medida del municipio fue "al menos excesiva"

El Juzgado de Faltas N° 1, que preside Gustavo Contín, ordenó revertir la clausura preventiva que la Dirección de Inspección General había dispuesto el jueves sobre el edificio central de la cooperativa. En su resolución, a la que accedió Bache3000, el magistrado escribió que consideraba "al menos como excesiva la medida dispuesta" y que las faltas constatadas "no revisten la misma gravedad" como para justificar clausurar "la totalidad del inmueble".


Por: Bache3000

La disputa entre la Municipalidad de Bariloche y la Cooperativa de Electricidad (CEB) sumó en las últimas horas un nuevo capítulo, tan breve como contundente. El Tribunal de Faltas N° 1 resolvió este viernes levantar la clausura preventiva que la Dirección de Inspección General había ordenado apenas un día antes sobre el edificio central de la cooperativa, ubicado en Jhon O'Connor 56.

La medida original se había dispuesto tras las actas labradas por la Dirección de Inspección General (N° 70618, 70619 y 70620) y una más del Departamento de Obras Particulares (N° 36329), en el marco de la inspección que la Municipalidad realizó el jueves a la mañana. Ese operativo incluyó la colocación de nueve fajas que afectaban, según consta en el expediente, "la totalidad del inmueble".

En su resolución, el juez administrativo Gustavo Contín —a cargo del expediente N° 190045-C-2026— fue explícito sobre por qué consideraba desmedida la decisión de los inspectores municipales. "Entiendo, al menos, como excesiva la medida dispuesta (clausura preventiva del establecimiento) teniendo en consideración más aún la cantidad de servicios que allí se prestan, entre otras la prestación de servicios públicos esenciales, como es la distribución de energía eléctrica y el servicio de saneamiento", sostuvo textualmente en el fallo.

Sobre las faltas que motivaron la clausura, Contín fue igual de directo: "Las faltas constatadas se refieren principalmente a cuestiones edilicias que no advierto constituyan en peligro real e inminente, y de ser así, debía clausurarse el sector con riesgo cierto, y no la totalidad del inmueble, pues no revisten la misma gravedad los hechos constatados", escribió en la resolución.

El levantamiento se produjo después de que la cooperativa presentara su descargo. Con ese material a la vista, el juez resolvió, en sus propios términos, "el inmediato levantamiento de la clausura preventiva". La resolución aclara, sin embargo, que la decisión no cierra la cuestión de fondo: el propio Contín remarcó que actúa "sin perjuicio de las sanciones que puedan corresponder al resolver la cuestión de fondo".

El fallo también deja asentado un dato pendiente. En sus considerandos, el juez señaló que "también se infracciona por falta de Habilitación Comercial (vencida 20/01/2025)", aunque aclaró que existe constancia de un trámite ya iniciado para regularizarla.

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