Por: Bache3000
Empecemos por lo más simple: ¿qué pasó? La Cooperativa de Electricidad Bariloche había pedido en la Justicia que se ejecutara la deuda que, según ella, mantiene el Municipio. El juez Sosa Lukman —el mismo que había intervenido en la audiencia de conciliación fallida entre las partes— hizo lugar a ese pedido, y la sentencia se conoció este mismo lunes.
Esto es lo que dice, en criollo: 3.903.588.550,77 pesos de capital, a los que se suman 390.358.855 pesos más en concepto de intereses y gastos del juicio, aunque esta segunda cifra todavía puede cambiar cuando se calcule en detalle. En total, casi 4.300 millones de pesos.
Es importante aclarar una cosa, porque suena más definitivo de lo que en realidad es: esta medida es "provisoria". Eso quiere decir que el Municipio todavía tiene margen para defenderse. No es que perdió el juicio para siempre: perdió, por ahora, la primera etapa, porque el juez consideró que los papeles que presentó la Cooperativa alcanzan para avanzar directamente al cobro, sin pasar antes por un juicio largo. Pero el Municipio puede presentar excepciones, es decir, argumentos formales para frenar o cuestionar ese cobro, y hasta podría haber, más adelante, otro juicio donde se discuta el fondo de la cuestión.
¿Y ahora qué pasa con la plata? Acá es donde la sentencia se pone cuidadosa, porque no es lo mismo embargarle la cuenta a una persona que embargarle los fondos a un municipio, que los usa para pagar sueldos, mantener las calles y sostener los servicios que presta todos los días. La ley protege esas cuentas: hay un tope, y en ningún caso el embargo puede superar el veinte por ciento de lo que el municipio recauda por año.
Por eso el juez no ordenó "sacarle la plata ya" a la Municipalidad, sino algo más burocrático: mandó anotar el embargo en un registro especial que existe justamente para este tipo de casos —se llama REJUM y depende de la Contaduría de la Provincia— y recién cuando esos fondos estén disponibles, van a transferirse a una cuenta judicial que se va a abrir en el Banco Patagonia de Bariloche.
Lo último y quizás lo más concreto, según la sentencia conocida hoy: la Municipalidad tenía cinco días, desde que reciba la notificación oficial, para hacer una de dos cosas. Podía pagar voluntariamente lo que le reclamaban, o podía presentar su defensa formal ante la Justicia. Si no hace ninguna de las dos cosas dentro de ese plazo, el expediente pasa directamente a la etapa en la que la Justicia cobra la deuda de manera forzosa, sin más vueltas.
Ahora bien: eso era la sentencia, sola, en el vacío. Pero esa misma tarde, horas después de que se conociera, la CEB y el Municipio se sentaron en el Tribunal de Contralor y firmaron un acuerdo que congela por tres meses todos los reclamos judiciales que tienen entre manos, este incluido. Y ahí está el detalle que cambia todo: el embargo no desapareció ni quedó anulado. Quedó condicionado.
La Cooperativa aceptó no avanzar con la ejecución mientras el Municipio cumpla con lo que firmó esa tarde —la transición ordenada del alumbrado, los plazos acordados, cada uno de los puntos del acta—. Pero lo cierto es que la CEB queda habilitada para activar el cobro de la deuda, sin necesidad de volver a discutir nada en los tribunales: la sentencia ya está dictada, solo hace falta gatillarla.
Es, en otras palabras, una espada que quedó colgando arriba de la cabeza del Municipio. Mientras se respete el acuerdo, no pasa nada. Pero un incumplimiento —cualquiera, no hace falta que sea grave— podría significarle a las arcas municipales un golpe de casi 4.300 millones de pesos. Es decir, diez veces más dinero que lo que costó pagar la indemnización de la 3 de Mayo.