Por: Bache3000
La iniciativa, crea el "Adicional por Riesgo Especial de la Función" para los agentes de Inspección de Tránsito. El beneficio alcanza a quienes realizan de forma efectiva y habitual tareas de fiscalización del tránsito, control vehicular en la vía pública, ordenamiento y regulación vial, controles de alcoholemia y otras intervenciones operativas ligadas a la seguridad vial. El monto propuesto es del 20% del sueldo básico correspondiente a la categoría de revista de cada trabajador, con carácter remunerativo y mensual, y sin que pueda ser absorbido por futuros aumentos salariales.
El texto argumenta que estos trabajadores están expuestos, a diferencia de otras funciones administrativas del municipio, a accidentes de tránsito, condiciones climáticas adversas, contaminación ambiental y sonora, horarios variables y, sobre todo, a situaciones de conflicto, amenazas y agresiones durante los controles. El propio Concejo Municipal ya había reconocido parte de este problema a través de una comunicación de 2025 que expuso la disconformidad de los inspectores por realizar controles de alcoholemia sin acompañamiento policial.
El proyecto no se limita al aspecto salarial: obliga al Departamento Ejecutivo a realizar, en un plazo de 60 días, una evaluación integral de los riesgos de la función —que incluye desde accidentes viales hasta riesgos psicosociales y amenazas— y a elaborar, en 90 días, protocolos de actuación ante controles vehiculares, alcoholemia, resistencia, agresiones y accidentes durante los operativos.
También exige informar al Concejo sobre las medidas de prevención adoptadas y garantiza la participación de la representación gremial en todo lo referido a condiciones de trabajo y seguridad laboral.
La norma aclara, además, que el adicional no implica una declaración de insalubridad del puesto ni anticipa un régimen previsional especial: se trata de una compensación salarial por las condiciones objetivas de riesgo, sin interferir con los procedimientos que pudieran tramitarse ante la autoridad laboral competente.