martes 22 de septiembre de 2026 - Edición Nº586

La ley y el orden | 22 sep 2026

POLICÍA FEMICIDA

Femicidio del barrio Lera: Fiscalía pide que Marín enfrente un juicio ante un jurado popular

14:04 |El Ministerio Público Fiscal pidió elevar a juicio al policía acusado de haber matado a Estefanía Civardi con un disparo de su arma reglamentaria en julio de 2025. La defensa reclamó el sobreseimiento y cuestionó la prueba. Por la pena en juego, el caso quedará en manos de un jurado popular.


Por: Bache3000

La causa por el femicidio de Cristina Stefania Civardi avanzó este martes hacia una nueva etapa en los tribunales de Bariloche. Durante la audiencia de control de acusación, el Ministerio Público Fiscal formalizó el pedido para que Emerson Rubén Marín sea llevado a juicio.

Como la acusación contempla una pretensión punitiva superior a los 12 años de prisión, el caso deberá resolverse mediante un juicio por jurados, si la acusación supera las instancias procesales que restan.

De acuerdo con la reconstrucción presentada por el fiscal jefe Martín Lozada que reprodujo el portal Tribunal de la Calle, el hecho ocurrió alrededor de las 2 de la madrugada del 30 de julio de 2025, en una vivienda de la calle Los Radales al 850, barrio Lera. Según la acusación, Civardi estaba recostada en una cama de la planta alta cuando Marín habría efectuado un disparo a corta distancia con su pistola calibre 9 milímetros. El proyectil ingresó por la región lateral derecha de la tráquea, con trayectoria ascendente, y le provocó la muerte de manera inmediata.

La Fiscalía encuadró el hecho como homicidio triplemente calificado por el vínculo, por el contexto de violencia de género y por el uso de arma de fuego, en los términos de los artículos 41 bis, 45 y 80, incisos 1 y 11, del Código Penal. La querella, a cargo del abogado Martín Govetto, adhirió a esa descripción y a la calificación legal.

La defensa pidió el sobreseimiento

El defensor Diego Navarro se opuso a la acusación y cuestionó tanto la descripción del hecho como la existencia de un móvil acreditado. Sostuvo que Marín no tuvo participación en el homicidio y pidió su sobreseimiento o, en su defecto, que se corrigieran los vicios procesales que señaló.

La Fiscalía le respondió que la discusión sobre el móvil no cambia por sí sola la calificación jurídica del hecho como homicidio y femicidio, y que las controversias sobre la prueba —pericias de trayectoria balística, análisis de ADN, estudios de residuos de disparo— deben debatirse en el juicio oral y no resolverse en esta instancia.

Con la etapa preparatoria cerrada y posiciones enfrentadas entre la Fiscalía, la querella y la defensa, el expediente queda ahora habilitado para avanzar hacia el debate oral, donde un jurado popular deberá determinar si los hechos y la responsabilidad de Marín quedan acreditados. El pedido de elevación a juicio no implica una condena: eso deberá dirimirse en el juicio, con la prueba producida ante el tribunal.

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