miércoles 23 de septiembre de 2026 - Edición Nº587

La ley y el orden | 23 sep 2026

QUEJA DEL FISCAL GENERAL

La causa Techo Digno llega al STJ: absuelto y con fallos favorables, Gennuso enfrenta una nueva revisión

13:31 |Absuelto en la Justicia rionegrina y con dos fallos favorables en su haber, el ex intendente de Bariloche enfrenta ahora una nueva revisión de su caso ante el máximo tribunal de la provincia. La discusión gira en torno a una transferencia entre cuentas municipales hecha en busca de mayor rendimiento, y sobre si eso puede considerarse una sustracción de fondos. La decisión de habilitar el tratamiento del recurso fue por mayoría, y la sentencia se conocerá en noviembre, en una causa que algunos sectores leen como una revisión de carácter político.


Por: Bache3000

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) admitió hoy abrir la queja presentada por el Fiscal General en relación a la absolución del ex intendente de Bariloche, Gustavo Gennuso, en la denominada causa Techo Digno. La admisión implica que el máximo tribunal se avocará a tratar la cuestión de fondo. La sentencia se leerá el 5 de noviembre a las 12 horas.

Esta causa es la primera que llega al STJ de todas las que involucran la construcción de viviendas por el programa nacional Techo Digno.

El tribunal estuvo presidido por Ricardo Apcarian e integrado por Liliana Piccinini, Sergio Ceci y Cecilia Criado, y se completó con Adrián Zimmermann, juez del Tribunal de Impugnación en subrogancia. El Fiscal General, Fabricio Brogna, representó a la acusación. Manuel Maza y Luciano Perdriel representaron a Gennuso, que siguió la audiencia por zoom.

Tras los argumentos iniciales de ambas partes hubo un cuarto intermedio. Al regreso, el STJ resolvió: "Finalizada la deliberación, el Tribunal, por mayoría, decide abrir la queja en su totalidad por considerar que la fiscalía ha brindado argumentos suficientes en relación a la supuesta configuración de sentencia arbitraria, que eventualmente habilitaría -de confirmarse- la interposición de un recurso extraordinario penal". En esa instancia comenzó la audiencia para resolver el Recurso Extraordinario.

Cómo llegó la causa hasta el STJ

Para entender el caso hay que volver a su origen. Gennuso ya cuenta con dos fallos favorables. La acusación original es por peculado, figura que se configura cuando alguien se lleva dinero público para su propio beneficio.

Lo que hubo en este caso, en cambio, fue una transferencia, que ni siquiera realizó Gennuso, del Banco Nación al Banco Credicoop. Las dos cuentas pertenecen al municipio, y el traspaso se hizo porque en el Credicoop los fondos generaban mucho más interés. Esa es la base de la acusación: que con ese movimiento el dinero salió del ámbito de custodia.

El fallo original no lo entendió así. Sostuvo que en realidad no se salió de la custodia, porque se trató de una administración del dinero: pasó de una cuenta municipal a otra, y el control del municipio nunca se interrumpió. Esa fue la base de la absolución.

Después, tras el planteo de Martín Lozada, la causa fue elevada al Superior Tribunal, que ahora revisa lo resuelto. Algunos sectores sostienen que se trata, en el fondo, de una revisión política.

Los argumentos en la audiencia

Fiscalía y Defensa debatieron sobre el principio de congruencia, la arbitrariedad y si hubo o no sustracción de los fondos de las esferas de control.

Brogna expresó que Gennuso "sustrajo" los fondos del control. Afirmó que el ex intendente lo admitió y lo justificó diciendo que fue "para no perderlos". También planteó que, si se lo condenara por una calificación menor al peculado, como administración fraudulenta, no se violaría el principio de congruencia. Es decir, la propia Fiscalía admite que el caso podría encuadrar en un delito distinto del que originó la acusación.

Maza respondió sobre esos dos puntos. Afirmó que los fondos siempre quedaron en la órbita municipal y que, por lo tanto, nunca salieron de los controles públicos. Sostuvo además que peculado y malversación son dos delitos distintos, y que condenar por el delito menor sí violaría el derecho de defensa. Planteó, por último, que la malversación estaría prescripta.

El STJ escuchó a las partes y dispuso que la sentencia se leerá el 5 de noviembre a las 12 horas. Ese día sabremos si el máximo tribunal confirma lo resuelto hasta ahora a favor de Gennuso o si, por primera vez en una causa Techo Digno, revierte una absolución.

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