jueves 24 de septiembre de 2026 - Edición Nº588

La ley y el orden | 24 sep 2026

FEMICIDIO DEL BARRIO LERA

Emerson Marín irá a juicio por jurados en octubre por la muerte de Estefanía Civardi

12:08 |La causa por la muerte de una mujer en una vivienda del barrio Lera entra en su etapa decisiva. Con la instancia preparatoria cerrada, Fiscalía y querella sostienen la acusación contra el policía por homicidio agravado, mientras la defensa cuestiona la prueba y reclama su sobreseimiento. Será un jurado popular el que evalúe si los hechos y la responsabilidad del acusado quedan acreditados.


Por: Bache3000

El juicio por jurados por el femicidio de Estefanía Civardi se realizará del 26 al 30 de octubre en los tribunales de Bariloche. El acusado es Emerson Rubén Marín, a quien la Fiscalía le atribuye haber matado a Civardi con un disparo de su arma reglamentaria.

Según la reconstrucción del fiscal jefe Martín Lozada, el hecho ocurrió alrededor de las 2 de la madrugada del 30 de julio de 2025, en una vivienda de la calle Los Radales al 850, en el barrio Lera. La acusación sostiene que Civardi estaba recostada en una cama de la planta alta cuando Marín efectuó un disparo a corta distancia con su pistola calibre 9 milímetros. El proyectil ingresó por la región lateral derecha de la tráquea, con trayectoria ascendente, y le provocó la muerte de manera inmediata.

La Fiscalía encuadró el hecho como homicidio triplemente calificado: por el vínculo, por el contexto de violencia de género y por el uso de arma de fuego. Se trata de los artículos 41 bis, 45 y 80, incisos 1 y 11, del Código Penal. La querella, a cargo del abogado Martín Govetto, adhirió a la descripción del hecho y a la calificación legal.

Como la pretensión punitiva supera los 12 años de prisión, el caso debe resolverse mediante un juicio por jurados.

(Estefanía Civardi, víctima de Emerson Marín)

En la audiencia de control de acusación, el defensor Diego Navarro se opuso al planteo fiscal. Cuestionó tanto la descripción del hecho como la existencia de un móvil acreditado, sostuvo que Marín no tuvo participación en el homicidio y pidió su sobreseimiento o, en su defecto, que se corrigieran los vicios procesales que señaló.

La Fiscalía respondió que la discusión sobre el móvil no cambia por sí sola la calificación jurídica del hecho como homicidio y femicidio. Agregó que las controversias sobre la prueba, entre ellas las pericias de trayectoria balística, el análisis de ADN y los estudios de residuos de disparo, deben debatirse en el juicio oral y no resolverse en esa instancia.

Con fecha ya fijada, Marín llegará al debate en condición de acusado. La definición de la fecha no implica una condena: será el jurado popular quien deba determinar, con la prueba que se produzca ante el tribunal, si los hechos y la responsabilidad quedan acreditados.

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