jueves 24 de septiembre de 2026 - Edición Nº588

El Bardo de Siempre | 24 sep 2026

PROYECTO DE COSTA BRUTTEN

Sin multas municipales por no tener la RTO: la propuesta que abre el debate en el Concejo

16:18 |La iniciativa del bloque Incluyendo Bariloche mezcla dos frentes que hasta ahora corrían separados: la exigencia a Nación por el estado de las rutas y el destino de los fondos de los combustibles, y una definición municipal sobre la revisión técnica de los autos particulares. Crea un sistema permanente de relevamiento y seguimiento de reclamos, con informes periódicos al Concejo. Además fija un límite claro al poder sancionatorio del Municipio, que no podrá multar solo por la falta de RTO. Los detalles, y qué queda en pie de los controles, en la nota.


Por: Bache3000

El concejal Leandro Costa Brutten (Incluyendo Bariloche) presentó este jueves 24 de septiembre el Proyecto de Ordenanza N.º 757-26, que establece un Régimen Municipal de Infraestructura y Seguridad Vial. La norma busca que el Municipio releve, documente y reclame de forma sistemática por el estado de las vías dentro del ejido, sin importar de qué jurisdicción dependan.

Según los fundamentos, la seguridad vial no puede reducirse al comportamiento de los conductores ni al estado mecánico de los vehículos. El proyecto sostiene que las calzadas, la iluminación, la señalización, los cruces peatonales, las banquinas y los accesos inciden directamente en cómo se circula. Recuerda además que en Bariloche conviven rutas nacionales y sus colectoras, accesos y conexiones que dependen de organismos nacionales, provinciales o municipales. El texto toma como antecedente el Proyecto 334-25, que ya había puesto sobre la mesa la relación entre el estado de calles y rutas y la seguridad vehicular.

El eje de la ordenanza es un mecanismo permanente. El Ejecutivo municipal deberá hacer un relevamiento integral de la infraestructura vial al menos cada 180 días, con el estado de calzadas, iluminación, señalización, cruces, accesos, colectoras, banquinas y puentes. Con esa información se creará el Mapa Municipal de Puntos Críticos de Infraestructura y Seguridad Vial. Cada punto tendrá ubicación georreferenciada, descripción del problema, jurisdicción responsable, fecha de detección, documentación fotográfica y técnica, antecedentes de siniestros, reclamos hechos, respuestas recibidas, obras comprometidas y estado de ejecución.

El Ejecutivo también deberá elaborar un estudio periódico sobre cómo influyen las condiciones de la infraestructura en la seguridad vial. Ese estudio cruzará estadísticas y ubicación de siniestros, baches, iluminación, cruces peatonales, reclamos vecinales y deficiencias recurrentes. Las intervenciones y reclamos deberán priorizar los sectores cercanos a escuelas, centros de salud, barrios residenciales, paradas de transporte, cruces de mucha circulación, accesos a la ciudad y lugares con siniestros o reclamos vecinales reiterados.

En cuanto a Nación, el proyecto instruye al Departamento Ejecutivo a presentar reclamos administrativos por la ejecución, conservación, reparación y mejora de la infraestructura vial nacional dentro del ejido o necesaria para el acceso a la ciudad. Cada reclamo tendrá que identificar concretamente la obra, sector, tramo o punto crítico. La lista de posibles intervenciones es amplia: bacheo, banquinas, luminarias, semáforos, pasarelas, reductores de velocidad, rotondas, colectoras, drenajes, puentes y sectores con concentración de siniestros.

Otro punto sensible es el de los fondos. Los fundamentos mencionan que en agosto de 2026 hubo declaraciones públicas del Gobierno Nacional sobre el destino de lo recaudado por el impuesto a los combustibles. Según esas declaraciones, una parte va a Vialidad Nacional y otra se usa dentro de las políticas fiscales del Estado. A partir de eso, la ordenanza obliga al Municipio a pedir información oficial y desagregada sobre montos recaudados, asignados, transferidos, ejecutados y disponibles, además de obras financiadas y ejecutadas en Río Negro y recursos destinados a las rutas nacionales vinculadas con Bariloche. También deberá pedir a los organismos responsables datos sobre proyectos existentes, presupuesto, fuente de financiamiento, plazos, grado de avance y causas de demoras.

Si el relevamiento detecta que una deficiencia corresponde a otra jurisdicción, el Ejecutivo deberá comunicarla formalmente al organismo competente con la documentación técnica, y de forma urgente cuando haya riesgo grave o inmediato para las personas. La ordenanza va más lejos: con intervención de la Asesoría Letrada, el Municipio deberá evaluar y, cuando corresponda, promover acciones administrativas y judiciales para exigir el cumplimiento de las obligaciones de mantenimiento y seguridad vial, incluso para reclamar la reparación de daños por incumplimientos debidamente acreditados. Cada seis meses, el Ejecutivo tendrá que enviar al Concejo un informe con reclamos, respuestas, obras pedidas, ejecutadas y pendientes, y acciones iniciadas.

El artículo que seguramente genere más debate es el 13. Establece que, dentro de las competencias municipales, no se impondrán multas ni sanciones pecuniarias por la sola falta de Revisión Técnica Obligatoria a los vehículos particulares de uso privado que circulen por el ejido, mientras la ordenanza esté vigente y ello sea compatible con el régimen jurídico aplicable. Quedan excluidos el transporte público de pasajeros, de cargas, escolar, de sustancias peligrosas, los servicios de emergencia y las demás categorías para las que la ley exija la RTO. Según el texto, la falta de RTO por sí sola no constituye una infracción municipal sancionable para esos particulares, sin perjuicio de lo que puedan hacer otras jurisdicciones.

Los fundamentos aclaran que la medida no elimina los controles. El Municipio podrá seguir revisando el estado efectivo de los vehículos y actuar cuando constate deficiencias en frenos, neumáticos, iluminación u otros elementos que representen un riesgo. La idea, explica el texto, es que la actuación municipal no quede limitada a chequear un papel, sino que apunte a los problemas concretos de seguridad. Los conductores siguen obligados a cumplir el resto de la normativa vial.

El proyecto también se ocupa de los establecimientos de revisión técnica. Los que estén habilitados o pidan habilitación municipal deberán cumplir estrictamente todas las exigencias técnicas, administrativas, de seguridad y ambientales, y las nuevas habilitaciones y renovaciones quedarán sujetas a ese cumplimiento. Si se verifican incumplimientos imputables al titular, la autoridad deberá intimar a regularizar en el plazo que fije la normativa y, vencido ese plazo, podrá denegar la renovación cuando sea jurídicamente procedente. Los fundamentos agregan un límite: esa facultad no puede usarse para trasladar a los titulares responsabilidades por decisiones presupuestarias, tributarias o financieras que corresponden al Estado Nacional.

Por último, la ordenanza invita a otros municipios del país, a la Federación Argentina de Municipios (FAM), a asociaciones municipalistas y a concejos deliberantes a sumarse a los reclamos y a pedir información sobre los recursos del sistema vial. Prevé además que se envíe copia al Poder Ejecutivo Nacional, al Ministerio de Economía, a la Dirección Nacional de Vialidad, al Ejecutivo y la Legislatura de Río Negro y a los municipios de la región. El Ejecutivo municipal tendrá 60 días corridos desde la promulgación para reglamentarla, y la norma entra en vigencia con la promulgación.

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