viernes 09 de octubre de 2026 - Edición Nº603

La ley y el orden | 9 oct 2026

CUOTA Y BUEN TRATO

Mediación en Bariloche: acuerdo por el hijo y reglas para hablarse sin cruces personales

14:15 |Dos progenitores llegaron a un entendimiento en el CIMARC que define dónde vivirá el niño, cómo se cubrirá la prestación alimentaria y de qué modo conversarán sobre sus asuntos. El convenio incluyó pautas de comunicación respetuosa, sin alusiones personales, como parte de la organización familiar.


Por: Bache3000

La comunicación entre los padres también forma parte de la crianza, y ese fue uno de los ejes de una mediación prejudicial que se desarrolló en Bariloche. El caso llegó al Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (CIMARC), donde, con la intervención de una mediadora oficial y la asistencia letrada de ambas partes, los progenitores conversaron sobre la organización familiar y definieron compromisos para el cuidado de su hijo.

Uno de los puntos acordados fue que el niño tendrá su residencia principal en el domicilio del padre, bajo una modalidad de cuidado personal compartido indistinto. La madre, por su parte, compartirá con él todos los fines de semana, desde el sábado por la tarde hasta el lunes al mediodía. También se establecieron los horarios y lugares para los encuentros y los traslados.

En cuanto a la prestación alimentaria, la madre se comprometió a aportar una cuota mensual que deberá depositar en una cuenta judicial dentro de los primeros diez días de cada mes. Los progenitores también acordaron que el padre percibirá la Asignación Universal por Hijo y que ambos realizarán los trámites correspondientes.

Cómo van a hablar los adultos

Además de la distribución de días y obligaciones económicas, el convenio incorporó la manera en que los adultos se comunicarán para tratar los asuntos de su hijo. Acordaron mantener contacto de forma presencial o mediante mensajes de WhatsApp, siempre que las conversaciones estén relacionadas con cuestiones importantes para el niño. Establecieron, además, que los intercambios deberán ser respetuosos y no incluir alusiones personales entre ellos.

Lo pactado busca que las conversaciones se concentren en las necesidades del hijo y no en las diferencias que puedan existir entre los adultos. Las decisiones sobre su cuidado, y cualquier situación que requiera la participación de ambos, podrán tratarse a través de un canal con límites previamente acordados.

La mediadora oficial, como facilitadora de la comunicación, permitió que este aspecto tuviera un lugar propio dentro del acuerdo. La mediación ofrece un espacio para trabajar sobre los intereses comunes y diferentes, sin que una de las partes deba imponer su posición sobre la otra. El proceso habilita el intercambio, ayuda a identificar los puntos de desacuerdo y acompaña la búsqueda de opciones que resulten aceptables para quienes participan.

El convenio contempló, también, la posibilidad de revisar lo acordado si las circunstancias cambian. Los progenitores podrán modificar las pautas cuando exista conformidad de ambos, siempre que se respete el interés superior del niño. Si aparecen nuevos intereses o necesidades y no logran resolverlos por su cuenta, tendrán la posibilidad de solicitar otra mediación.

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