Por: Bache3000
La historia empezó con una de esas llamadas que parecen sacadas de un sorteo de kiosco. Alguien que decía hablar en nombre de YPF le avisó al hijo de un empleado público que había ganado un premio y que solo necesitaba una cuenta para depositarle la plata.
Como el joven no tenía una propia, ofreció la de su padre, que cobraba el sueldo en el Banco Patagonia. Los dos fueron a la sucursal de la calle Moreno y siguieron las instrucciones de los supuestos organizadores del premio, y en ese intercambio los estafadores se hicieron de los datos que les alcanzaron para meterse en la cuenta.
Después llegó un correo que avisaba de la creación de un usuario de banca electrónica que el hombre jamás autorizó, y al día siguiente, en la sucursal, se enteró de que alguien había sacado un préstamo personal a su nombre. La plata entró y salió casi sin saludar, a través de dos transferencias de 100.000 pesos cada una hacia cuentas de la billetera virtual Prexcard.
El banco no logró recuperar el dinero y al cliente le empezaron a descontar las cuotas, por lo que presentó una demanda por daños y perjuicios en el fuero Civil.
El banco culpó al cliente y la pericia culpó al banco
La entidad sostuvo que el hombre había entregado sus claves a los delincuentes y que ningún sistema de seguridad puede frenar una operación cuando el titular colabora con los estafadores. La pericia informática le arruinó el argumento, ya que estableció que el sistema permitía contratar préstamos personales por canales digitales sin pedir un segundo factor de autenticación, de modo que alcanzaba con el usuario y la contraseña.
El juez consideró que esa modalidad no ofrecía garantías suficientes y recordó que los bancos deben contar con mecanismos para detectar operaciones sospechosas y verificar la identidad de quien pide un crédito. En la sentencia expresó que “la causa eficiente de la disposición final del dinero de la actora no fue ello, sino la deficiente seguridad del banco al momento de otorgar el mutuo bancario”.
Con esos argumentos declaró nulo el préstamo y reconoció el derecho del cliente a recuperar lo que le descontaron, con los intereses correspondientes. También admitió una sanción por daño punitivo, para la cual tuvo en cuenta que existen otros reclamos judiciales por estafas similares contra clientes del Banco Patagonia.
El fallo es de primera instancia y todavía no está firme porque puede ser apelado, así que el último capítulo de esta historia se conocerá más adelante.